Ayudas en Galicia de hasta 3.700 euros para que los hombres reduzcan su jornada laboral: se abre el plazo

Las ayudas de entre 1.700 y 3.700 euros que convoca la Xunta para fomentar que sean los hombres los que se reduzcan la jornada en el marco de la conciliación de la vida personal, familiar y laboral pueden pedirse desde este sábado. El plazo de solicitudes será de un mes --el último día el 24 de agosto--.

El Diario Oficial de Galicia (DOG) publica este viernes la orden de ayudas, cofinanciadas con fondos europeos y que tienen como fin último el cuidado de hijos. Con un crédito casi idéntico al de anteriores años (618.840,84 euros), las subvenciones se concederán en régimen de concurrencia competitiva --por orden de puntuación, hasta agotar el presupuesto-- y serán abonadas en un pago único por el importe que corresponda.

Serán subvencionables las situaciones de reducción de la jornada de trabajo para el cuidado de hijos en el periodo comprendido entre el 1 de agosto de 2025 y el 31 de julio de 2026, ambos incluidos. Podrá ser beneficiario, en el caso de unidades familiares en que la pareja esté formada por personas de distinto sexo, el progenitor de sexo masculino, "toda vez que el objetivo del programa es el cambio de tendencia hacia la corresponsabilidad real y que, por lo tanto, sean también los hombres los que se acojan a la reducción de la jornada".

En el caso de unidades familiares en que la pareja esté formada por personas del mismo sexo, podrá ser beneficiaria cualquiera de las personas progenitoras. En el caso de unidades familiares monoparentales, la persona al cargo de la unidad familiar. Mientras, si hay custodia compartida, podrán optar cualquiera de las personas progenitoras. Y también podrán recibirlas los hombres o las mujeres que afrontan la paternidad o la maternidad en solitario, las familias formadas por una o un cónyuge viudo y los hijos y las familias formadas por un padre o madre que queda a cargo de los hijos, sin que haya custodia compartida.

En todo caso, en una unidad familiar solo podrá haber una persona beneficiaria de estas ayudas. Por ello, en el caso de custodia compartida en que las dos personas progenitoras soliciten la ayuda, solo podrá ser beneficiaria la que haya percibido menores ingresos, según la declaración del IRPF del ejercicio 2025.

La reducción de jornada, que tendrá que ser por lo menos del 12,5% de la jornada, debe ser para el cuidado de un hijo menor de tres años o menor de 12 años en el supuesto de que padezca una discapacidad reconocida de porcentaje igual o superior al 33%. Los ingresos de la unidad familiar no podrán ser superiores a 7 veces el indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) para el año 2025.

Ocho meses, según reducción e hijos

El período máximo subvencionable, continuado o fraccionado, será de ocho meses comprendidos entre el 1 de agosto de 2025 y el 31 de julio de 2026. La cuantía de las ayudas se determinará en función de dos variables: el porcentaje de reducción de jornada laboral y su duración, y el número de hijos a cargo.

De este modo, se establecen varios costes unitarios para el caso de que la duración total de la situación de reducción de jornada se extienda a la totalidad del período subvencionable (8 meses). Cuando la reducción de jornada sea de entre el 12,5% y hasta el 25% de una jornada laboral a tiempo completo, con un hijo a cargo serán 1.700 euros; con dos, 2.000 euros; con tres, 2.300 euros.

Cuando sea superior al 25% y hasta el 37,5%, con un hijo serán 2.800 euros; con dos, 3.100 euros; con tres, 3.400 euros. Por último, cuando la reducción de jornada sea superior al 37,5%, con un hijo serán 3.100 euros; con dos, 3.400 euros y con tres, 3.700 euros.

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