El Juzgado de lo Penal número 1 de Pontevedra ha condenado a la ex responsable de gestión de Ambulancias do Atlántico a un año y tres meses de prisión como autora de un delito de descubrimiento y revelación de secretos, en su modalidad de difusión a terceras personas, por hacer públicas comunicaciones de Inspección de Trabajo dirigidas a representantes sindicales.
La sentencia también condena a Ambulancias do Atlántico SL, concesionaria del transporte sanitario de los hospitales públicos vigueses, como autor criminalmente responsable de dos delitos de descubrimiento y revelación de secretos, en su modalidad de difusión a terceros, a la pena de multa de nueve meses con una cuota diaria de 100 euros por cada uno de ellos.
Igualmente, contra la antigua gestora de la compañía se establece una multa de 15 meses con una cuota diaria de seis euros. Contra este fallo, con fecha del 26 de febrero de 2024, cabe interponer recurso.
Los hechos se remonta la finales de 2019, cuando los tres delegados de prevención de riesgos laborales de la empresa, pertenecientes a distintos sindicatos, deciden presentar varias denuncias ante Inspección de Trabajo.
En abril de 2021, los representantes sindicales le solicitan a la autoridad laboral información sobre el estado de las denuncias y, 15 días después, reciben un correo de la que en aquel entonces era responsable de gestión de la empresa con la respuesta de la Inspección de Trabajo escaneada, correo que se le remite también a otras personas responsables del grupo Orthem (al que pertenecía Ambulancias do Atlántico), del departamento jurídico de la empresa e incluso a una abogada externa.
A continuación, el 19 de mayo uno de los delegados que había presentado la denuncia recibe de la empresa la comunicación de la Inspección, pero sin el correspondiente sobre. Con anterioridad, el 4 de marzo de 2021, el delegado de la CIG presenta una nueva denuncia ante Inspección y recibe posteriormente un correo de la responsable de gestión con la carta escaneada, que al igual que en la ocasión anterior también le había sido remitido a otras personas.
"La carta venía abierta pero con sobre, y el sobre tenía la típica ventana plástica que permite ver quién es la persona destinataria", señala la CIG en un comunicado este jueves. Ante esta situación, los delegados de la central sindical deciden presentar denuncia y ahora se condena a esta responsable.
La CIG apunta a que hay otros antecedentes, pues en 2019: "Ya nos había abierto una carta, pero no denunciamos pensando que fuera un error". Agrega que la empresa, por su parte, fue condenada en 2022 por vulnerar la intimidad de una trabajadora a la que le abrieron la taquilla estando de baja para cedérsela a otra persona que acababa de contratar. Y en diciembre de 2023 la justicia anulaba el despido de un trabajador al que la compañía le puso un detective para vigilarlo cuando se encontraba también de baja, indica la CIG.