La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la condena de 32 años y medio de cárcel impuesta por la Audiencia Provincial de Pontevedra a un salesiano de un colegio de Vigo por abusar de seis menores.
En su resolución, los magistrados rechazan el recurso de apelación interpuesto por el sacerdote, indicando que la hipótesis de que pudo practicar los tocamientos otra persona "se presenta absolutamente fuera de los parámetros probatorios" y subrayando que las pruebas psicológicas que se practicaron sobre el acusado "en nada impiden la realización de hechos" como los descritos.
Además, aseguran que en las alegaciones la defensa del condenado pretende "establecer sombras de duda en cuanto a las testificales de las víctimas", las cuales, según el alto tribunal gallego, cumplen con todos los parámetros de credibilidad y están corroboradas por la prueba pericial psicológica practicada a los afectados.
En relación con que los hechos no se denunciasen de inmediato, los jueces destacan en la sentencia que los abusos a menores "no siempre son denunciados de modo inmediato". Este retraso, según explican, "obedece a muchas circunstancias, entre las que se podrían citar: el sentido de culpa, el miedo a ser tratados como mentirosos o la sensación de impunidad, teniendo en cuenta la personalidad de quien realiza los abusos y su posición de dominio en el entorno escolar".
Desde el TSXG también se hace referencia al argumento esgrimido en el recurso en relación "con una posible magnificación de los hechos", señalando que "la posibilidad de comentar todo lo ocurrido antes del inicio de las diligencias penales viene dado por el contexto en que los hechos se producen, dos campamentos y un proceso de instrucción por parte del colegio ciertamente innecesario".
La Sala indica que el apelante, "que ciertamente no organizó ni la caminata de Valga, ni el campamento de verano con la finalidad de practicar abusos", se aprovechó de la circunstancia de ocupar las mismas dependencias y compartir con los menores las noches de una y otra actividad.
El TSXG recalca que la "superioridad o prevalencia del apelante sobre los menores" es manifiesta, pues recuerda que se trata "de un profesor de religión, director de actividades, monitor, director también de las actividades de la asociación Abertal, que solo por tal condición ya se sitúa en un plano de superioridad indudable sobre los alumnos y, concretamente, sobre las víctimas".
Los magistrados añaden que esa superioridad lo es también desde el propio reconocimiento que las víctimas hacen del condenado, considerando que es un "segundo padre o alguien en quien confiar" y, por tanto, "descartando de inicio cualquier comportamiento que pudiera resultarles perjudicial". Por todo ello, el TSXG ha rechazado el recurso de apelación del salesiano, sin imposición de las costas procesales de esta segunda instancia, aunque ha recordado que contra esta sentencia cabe recurso ante el Tribunal Supremo.
Tocamientos
Según se recogía en la sentencia de la Audiencia Provincial, los hechos se remontan al 2019 y el modo de actuar era siempre muy parecido: el acusado se acercaba a los chicos cuando éstos dormían y les tocaba por encima del pijama o, algunas veces, por dentro de la ropa. Los menores, al percatarse de lo que ocurría, trataban de eludir a su profesor girándose, cerrando su saco de dormir o incluso poniéndose una almohada entre las piernas.
Dado que la relación del acusado con los jóvenes era de amistad y confianza, las víctimas quedaban en estado de 'shock' cuando sufrían los tocamientos, y alguno de ellos dudó a la hora de denunciarlos por miedo a que no le creyeran y por vergüenza. Además de esos episodios, el tribunal le atribuye otro delito de abusos, cometido sobre otro menor en junio de 2019. En ese caso, los hechos ocurrieron en la sede de una asociación juvenil vinculada al colegio de los Salesianos en Vigo, donde el acusado se encontraba viendo un partido de fútbol con otros jóvenes.
Allí, aprovechando que se acercaba a hablar con uno de los chicos, puso su mano en los genitales del menor que estaba a su lado. Cuando el chico se percató, se levantó a por bebidas y, para evitar sentarse de nuevo junto a Segundo, acabó acomodándose en el suelo con otros compañeros.
Delitos y condena
En total, fueron seis los chicos afectados, y que sobre ellos cometió siete delitos de abusos sexuales, tres de ellos continuados. En todos los casos, se dio la circunstancia agravante de abuso de superioridad. Los magistrados otorgaron credibilidad al testimonio de los menores y rechazaron que hubieran denunciado los hechos guiados por un ánimo espurio o por interés de perjudicar al encausado. Al contrario, en su resolución recordaron que el ahora condenado "no era solo un profesor, era su amigo, su referente".
Además, los psicólogos forenses que los examinaron determinaron que todos padecieron, como consecuencia de esos abusos, daños psicológicos en mayor o menor grado, compatibles con los hechos que se enjuiciaron. En definitiva, la Audiencia apuntaba que los menores no ganaron nada denunciando los hechos, sino que, por contra, "sufrieron las insidias y menosprecios de otros compañeros que los llamaron mentirosos".
Por todos estos hechos, el tribunal condenó a Segundo C.V. a penas que suman 32 años y medio de cárcel, y 36 años de libertad vigilada. Además, tendrá que mantenerse alejado de sus víctimas entre 4 y 9 años, y será inhabilitado durante 31 años para el ejercicio de cargo, profesión u oficio que requiera contacto con menores.
En la sentencia, ahora confirmada por el TSXG, también se recoge que todos los menores han sufrido trastornos de conducta, o de estrés postraumático en algún caso. Así, las víctimas han padecido problemas de sueño, pesadillas recurrentes, bajo rendimiento escolar, síntomas depresivos, de irritabilidad, comportamiento desconfiado y otras secuelas. Por esos daños, la Audiencia estableció que el acusado, junto con la Congregación San Francisco de Sales y la Inspectoría Salesiana Santiago el Mayor indemnicen a los chicos en cantidades que suman 76.000 euros.