El Gobierno de Portugal rectifica formalmente y explica negro sobre blanco que, por ahora, los ciudadanos de España no deberán presentar un test negativo de antígentos o PCR para poder acceder al país por vía terrestre y llegará con disponer de certificado de vacunación. Así lo aclaró al Eixo Atlántico el Gabinete del Ministro de Administración Interna. El centralismo político de Portugal, con el eje de las decisiones tomadas desde Lisboa llevan jugando una mala pasada durante toda la pandemia a la frontera gallega, que parece quedar demasiado lejos a las autoridades de la capital. Ahora, al menos, se logra una aclaración formal que genere cierta tranquilidad en el tránsito entre Galicia y el país vecino donde la frontera es solo una formalidad.
Esta vez, todo comenzó cuando el Gobierno de Portugal anunció el “estado de calamidade” y el cerrojazo previsto para la primera semana de enero, que vendrá acompañado de restricciones previas desde este 1 de diciembre. El 25 de noviembre el Consejo de Ministros aprobaba la batería de medidas que incluía la obligación de test negativo para viajeros que llegaran en avión (incluso para los vacunados). Para las fronteras terrestres, el comunicado oficial fijaba que se aplicarían las mismas medidas con “las necesarias adaptaciones”.
“Los tests pasan a ser obligatorios para cualquier entrada en territorio nacional, sea cual sea el punto de origen y sea cual sea la nacionalidad del pasajero”, expresa el primer ministro, Antonio Costa. La medida no gustó a la Unión Europea. “Todos los estados miembros deben evitar imponer restricciones de viaje adicionales a los que tienen el certificado digital europeo, en particular el certificado de vacunación o recuperación”, abroncaba el portavoz comunitario de Justicia, Christian Wigand.
Con todo en el aire, este lunes 29 de noviembre el Diario da República de Portugal publicaba el Despacho 11820-B en el que afinaba las medidas. Ahí fijaba que los servicios esenciales y trabajadores transfronterizos con certificado Covid de vacunación estaban exentos de presentar una prueba negativa. A mayores, se fijaba que los procedentes de países en riesgo elevado, concretamente los que llegaran desde destinos en nivel rojo o rojo oscuro según el Centro Europeo de Prevención y Control de Enfermedades (ECDC, por sus siglas en inglés) requerirían la prueba negativa.
Bajo esta premisa España estaría en este nivel. Lo confirmaba el propio viceconsulado de Portugal en Vigo. “España, de momento, está clasificada como zona de riesgo”, explicaba este 30 de noviembre.
La propia AECT Rio Minho pidió aclaraciones y alertó de las consecuencias para la vida económica de A Raia. Una vez más, fuentes oficiales filtraban a la prensa que no se exigiría el test a viajeros españoles, pero nunca se estipulaba por escrito de forma oficial. En la práctica, la norma publicada exigía el test para España. Portugal no rectificaba su postura, ambigua y nada clara. Sin embargo, el Eixo Atlántico logró finalmente el ansiado documento que certificaba la exclusión para España de este requisito, aunque no para siempre. “Las medidas se reevaluarán semanalmente en función de la situación epidemiológica”, expresa el documento.
De esta forma, siempre según la aclaración del Ministerio de Administración Interna, los viajeros procedentes de España solo necesitarán, por ahora, el certificado covid europeo de vacunación. Si no lo llevan podrían enfrentarse a multas de hasta 800 euros en controles aleatorios de la policía portuguesa. Además, es requisito también para comer en restaurantes.