Visitar Portugal seguirá siendo, por ahora, una fantasía. El Gobierno de España ha decidido prorrogar la orden que mantiene cerradas las fronteras interiores con Portugal por carretera hasta el próximo 16 de marzo. Aunque el Ejecutivo reconoce la “mejora de la situación epidemiológica”, que viene acompañada de “flexibilización de algunas medidas restrictivas de movilidad” en ambos países, se considera que todavía se debe mantener “un tiempo” los controles en la frontera terrestre con las mismas limitaciones aplicadas hasta ahora.
Así, la prórroga tendrá una duración de quince días, sin agotar los veinte días que permite el reglamento europeo.
¿Cuándo se puede cruzar la frontera con Portugal?
El Gobierno mantendrá hasta el 16 de marzo las limitaciones vigentes durante esta tercera ola, lo que implica la prohibición de cruzar la frontera salvo una serie de excepciones justificadas.
Solo se permitirá la entrada a territorio español a las siguientes personas:
- Ciudadanos españoles y su cónyuge o pareja con la que mantengan una unión análoga a la conyugal inscrita en un registro público, y aquellos ascendientes y descendientes que vivan a su cargo, siempre que viajen con o para reunirse con éste.
- Residentes en España, que deberán acreditar su residencia habitual, así como los estudiantes que cursen sus estudios en España.
- Residentes en otros Estados miembros o Estados asociados Schengen que se dirijan a su lugar de residencia habitual, debidamente acreditado.
- Quienes vayan a transitar o permanecer en el territorio español por cualquier motivo exclusivamente laboral, siempre que se acredite documentalmente. Esta categoría incluirá, entre otros, a los trabajadores transfronterizos, trabajadores sanitarios y del transporte.
- Aquellas que acrediten documentalmente causas de fuerza mayor o situación de necesidad, o por motivos humanitarios.
- El personal extranjero acreditado como miembro de las misiones diplomáticas, oficinas consulares y organismos internacionales sitos en España, siempre que se trate de desplazamientos vinculados al desempeño de sus funciones oficiales, así como los participantes en viajes de Estado y los miembros de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y Fuerzas Armadas para ejercer sus funciones.
Las entradas y salidas del territorio español a través de la frontera interior terrestre con Portugal solo podrán realizarse por los pasos autorizados y durante los horarios que se establezcan. En este momento, los usuarios autorizados solo pueden cruzar por el puente internacional de Tui-Valença (24 horas) y de lunes a viernes de 7:00 a 10:00 y de 18:00 a 21:00 horas por los pasos de Salvaterra-Monçao y Arbo-Melgaço.