El Diario Oficial de Galicia (DOG) recoge en su publicación de este jueves los servicios mínimos estipulados para la huelga convocada para este viernes por la Confederación Española de Sindicatos Médicos (CESM).
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Así, establece para la Fundación Pública Urxencias Sanitarias de Galicia-061, el personal mínimo necesario para la cobertura del 100% de la atención urgente y permanente y las emergencias gestionadas por el servicio. Lo mismo ocurre con la Axencia Galega de Sangue, Órganos e Tecidos, para la que establece "el personal mínimo necesario" para el suministro de sangre y hemoderivados, la coordinación de donaciones, los trasplantes de órganos y los implantes de células y tejidos.
Ya en lo que respecta al personal de los centros e instituciones sanitarias del Sergas, en atención especializada u hospitalaria, estipula la cobertura del 100% en servicios de urgencias y guardias médicas, quirófanos urgentes, salas de partos y laboratorios de urgencias. Lo mismo para las unidades de reanimación, de cuidados intensivos, de adulto o pediátricas y unidades coronarias, así como áreas de diálisis y tratamientos oncológicos.
También establece la cobertura de la actividad quirúrgica de los pacientes, tanto hospitalizados como ambulatorios, con respecto a las patologías que pongan en peligro su vida o agraven su estado de salud, en especial, procesos neoplásicos.
En el área de hospitalización de pacientes, se establecerá el número necesario para garantizar la atención urgente de los pacientes hospitalizados y las altas clínicas. Además, se garantizará la presencia de un facultativo por unidad de hospitalización médica y quirúrgica con el objetivo de garantizar la asistencia a usuarios ingresados, cualquiera que sea la modalidad de prestación, con la siguiente proporción: en unidades con cuatro o menos profesionales, un efectivo; en unidades de cinco a ocho profesionales, dos efectivos; en unidades de nueve a 12 profesionales, tres efectivos; y en unidades con 13 o más profesionales, cuatro efectivos.
En consulta, así como en las interconsultas de pacientes hospitalizados que lo requieran, se atenderán las consideradas como urgentes o preferentes, según el criterio del personal facultativo. Asimismo, se atenderán las consultas de los pacientes oncológicos que requieran tratamiento citostático y los pacientes desplazados por el mismo motivo.
Se garantizará la realización de determinaciones y pruebas complementarias urgentes y las que se refieren a los pacientes hospitalizados que, en el criterio del personal facultativo, sean "necesarias e inaplazables", entendiéndose incluidos los pacientes con neoplasias malignas.
También se garantizará la dispensación de sangre, medicamentos y productos sanitarios que, según el criterio del personal facultativo, sean necesarios. Lo mismo establecen para la atención a pacientes de hospitalización a domicilio y cuidados paliativos.
Atención primaria
Por otra parte, para el personal licenciado sanitario de atención primaria, establecen como "imprescindible" la cobertura del 100% de la actividad de los puntos de atención continuada - PAC.
Los servicios mínimos que se fijan en el tramo ordinario son: en centros con cuatro o menos profesionales, un efectivo; en centros de cinco a ocho profesionales, dos efectivos; en centros de nueve a 12 profesionales, tres efectivos; en centros con 13 o más profesionales, cuatro efectivos.
Asimismo, se garantizará la atención pediátrica urgente con la presencia de un pediatra por centro y/o zona de referencia.