El Concello de Ponteareas deberá pagar al Eixo Atlántico la cuota establecida. Así lo reconoce el Juzgado Contencioso-Administrativo número 2 de Pontevedra, cuya sentencia establece que el Gobierno local está obligado a abonar la cantidad de 12.600 euros, además de los recargos por demora y las costas judiciales.
Se trata de un conflicto que se remonta al año 2024, cuando el Concello de Ponteareas quiso abandonar la asociación que engloba al Noroeste Peninsular sin pagar la cuota anual. Según la magistrada Inés Nicolás Herrero, esta era una obligación del consistorio teniendo en cuenta la fecha en la que informó de su marcha.
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Aunque el pleno municipal acordó la baja el 29 de abril de 2024, no notificó formalmente esta decisión al Eixo Atlántico hasta el 2 de mayo de ese mismo año. Según establecen las normas internas de la asociación, las cuotas anuales deben hacerse efectivas mediante un pago único dentro de los cuatro primeros meses de cada año. Por este motivo, la jueza ha concluido que, para cuando el Concello comunicó su marcha, el plazo para pagar ya había vencido y la deuda era totalmente exigible.
Durante el juicio, el Concello de Ponteareas intentó argumentar que solo debería pagar la parte proporcional de la cuota correspondiente a los meses en los que todavía era miembro. Sin embargo, la sentencia rechaza esta posibilidad de forma tajante, explicando que el reglamento de la asociación exige un pago único y no permite fraccionar la cuota por meses. Además, las fuentes destacan que la propia alcaldesa de Ponteareas había votado a favor de los presupuestos que incluían esta cuota en una asamblea celebrada en febrero de 2024, lo que refuerza la validez de la reclamación.
El tribunal también ha descartado las objeciones técnicas de Ponteareas, que pretendía que el caso fuera invalidado por errores en la vía legal elegida por la asociación. La magistrada ha aclarado que la entidad demandante tiene libertad para elegir el camino judicial que considere oportuno para reclamar una deuda cuando la administración no responde a sus peticiones, lo que se conoce como inactividad administrativa.
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Deberá pagar la cuota, un retraso y las costas judiciales
Como resultado final de esta resolución, el municipio no solo tendrá que abonar los 12.600 euros de la cuota, sino que también deberá sumar un recargo del 3% por el retraso, un porcentaje que podría incrementarse cada seis meses si persiste el impago.
Asimismo, el Concello ha sido condenado a pagar las costas del proceso judicial hasta un máximo de 400 euros. Contra esta decisión todavía cabe presentar un recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia en un plazo de quince días.
