La conselleira de Medio Ambiente, Territorio e Vivienda, Ánxeles Vázquez, presentó ayer sábado la orden que establece los usos permitidos en el archipiélago de Os Guidoiros y de la isla de A Rúa y regula por primera vez el acceso diario de embarcaciones y personas.
Durante una visita al Concello de A Illa de Arousa, en la que estuvo acompañada por el alcalde, Carlos Iglesias, y por representantes de la Organización de Produtores de marisco e cultivos marinos de la provincia de Pontevedra (OPP–20), Ánxeles Vázquez incidió en que esta nueva orden tiene por objetivo establecer las normas relativas al uso público y actividades recreativas en este espacio natural para garantizar la conservación de los hábitats y de las especies de flora y fauna silvestre que atesora este conjunto de islotes.
De este modo, esta orden incluye como principal novedad el establecimiento de una cuota diaria tanto para el fondeo de embarcaciones como para la visita a los islotes. Así, en temporada alta -de 15 de mayo a 30 de septiembre y Semana Santa- se permitirán hasta 20 fondeos y 50 personas por cada uno de los turnos -mañana y tarde-, mientras que en temporada baja el límite será de 10 fondeos y 20 personas. En el caso de las visitas a los islotes, la recomendación es hacerla en grupos de no más de 20 personas, acompañados de un guía -cinco en temporada baja- y se evitará la coincidencia de los grupos.
Además, también se regula el atraque de embarcaciones relacionadas con las actividades de uso público en los islotes, que deberá efectuarse sobre el medio litoral para preservar los hábitats y las especies. El número de autorizaciones oscila entre las diez y las doce embarcaciones por turno en función de si la embarcación tiene motor o no en temporada alta mientras que en temporada baja el límite estará en cinco embarcaciones por turno.
Usos y actividades prohibidas
En lo que respecta a los usos y actividades que se prohíben, la conselleira destacó la acampada; la caza y la pesca recreativa o deportiva; la recolección de especímenes y muestras biológicas, animales y plantas; la práctica del botellón y el fuego; el empleo de aparatos de sonido que perturben la tranquilidad del hábitat, y cualquier modalidad de publicidad exterior.
Hay que destacar que esta norma establece como actividades permitidas, entre otras, el tránsito a pie en el área terrestre, el submarinismo en apnea sin pesas y el baño en la modalidad de snórquel. Y, además, incluye la posibilidad de realizar actividades recreativas o culturales, siempre que no alteren el estado de conservación de los hábitats.
Para concluir, Ánxeles Vázquez indicó que, al mismo tiempo que la Consellería solicitará los informes sectoriales correspondientes, este documento se someterá a información pública y audiencia a los interesados desde el próximo martes, 18 de octubre, hasta el 8 de noviembre, con el objetivo de que entre en vigor la próxima Semana Santa.