Vigo es la ciudad con más perros registrados en Galicia, unos 50.000, y por tanto, hay ya uno por cada seis habitantes. La gran cantidad de animales de compañía se nota tan solo dar un paseo por la ciudad, pero por desgracia no todas las familias son igual de cívicas, y las cacas y orines de perro son cada vez más habituales en las calles. A pesar del refuerzo del servicio de limpieza por parte del Concello, es ya casi imposible no encontrarse con los rastros de pis chorreando en las aceras, en cualquier punto de la ciudad. La imagen, sin embargo, podría ser historia en muy poco tiempo. La nueva ley de Bienestar Animal, que entró en vigor el pasado 29 de septiembre, promete acabar con ello y desde el Gobierno local advierten que cumplirán con la norma. Y las sanciones.
En su artículo 26, la nueva ley fija que es obligación de los dueños "evitar que los animales depositen sus excrementos y orines en lugar de paso habitual de otras personas" y, en cualquier caso, deben proceder "a la retirada o limpieza" con productos biodegradables. No cumplir con este mandato se considerará una infracción leve, cuya sanción prevista es un apercibimiento o multa de 500 a 10.000 euros.
En este tipo de categoría también se incluyen las sanciones para aquellos que "mantengan atados o deambulando [a los animales] por espacios públicos sin la supervisión presencial por parte de la persona responsable de su cuidado y comportamiento". Es decir, la imagen de perros atados a la puerta de supermercados o farmacias deberá desaparecer.
Fuentes municipales aseguran a este diario que, por ahora, no se ha notificado ninguna sanción por incumplir alguno de estos preceptos, pero sí se comenzará a aplicar la ley en breve. Por ahora, la hoja de ruta del Concello de Vigo pasa por impartir formación sobre la ley a los agentes de la Policía Local y "se dará un tiempo para que la ciudadanía se familiarice con la nueva norma". Así todo, "no es papel [del Concello] cuestionar la ley, está aprobada por el Parlamento y nosotros nos encargamos del cumplimiento de las normas", explica la concelleira de Contratación y Seguridad, Patricia Rodríguez.
Principales obligaciones y prohibiciones
- Mantenerlos integrados en el núcleo familiar, siempre que sea posible por su especie, en buen estado de salud e higiene.
- Adoptar las medidas necesarias para evitar que su tenencia o circulación ocasione molestias, peligros, amenazas o daños a las personas, otros animales o a las cosas.
- Adoptar las medidas necesarias para evitar la reproducción incontrolada de los animales de compañía.
- Evitar que los animales depositen sus excrementos y orines en lugares de paso habitual de otras personas, como fachadas, puertas o entradas a establecimientos, procediendo en todo caso a la retirada o limpieza de aquéllos con productos biodegradables.
- Facilitarles los controles y tratamientos veterinarios establecidos como obligatorios por las administraciones públicas.
- Identificar mediante microchip y proceder a la esterilización quirúrgica de todos los gatos antes de los seis meses de edad salvo aquellos inscritos en el registro de identificación como reproductores y a nombre de un criador registrado en el Registro de Criadores de Animales de Compañía.
- El sacrificio de animales está prohibido, salvo por motivos de seguridad de las personas o animales o de existencia de riesgo para la salud pública debidamente justificado por la autoridad competente. Se prohíbe expresamente el sacrificio en los centros de protección animal, ya sean públicos o privados, clínicas veterinarias y núcleos zoológicos en general por cuestiones económicas, de sobrepoblación, carencia de plazas, imposibilidad de hallar adoptante en un plazo determinado, abandono del responsable legal, vejez, enfermedad o lesión con posibilidad de tratamiento, ya sea paliativo o curativo, por problemas de comportamiento que puedan ser reconducidos, así como por cualquier otra causa asimilable a las anteriormente citadas.
- La eutanasia solamente estará justificada bajo criterio y control veterinario con el único fin de evitar el sufrimiento por causas no recuperables.
- Queda prohibido practicarles todo tipo de mutilación o modificaciones corporales permanentes.
- Queda prohibido utilizarlos en peleas o su adiestramiento en el desarrollo de esta práctica u otras similares, así como instigar la agresión a otros animales de compañía o personas fuera del ámbito de actividades regladas.
- Queda prohibido mantenerlos atados o deambulando por espacios públicos sin la supervisión presencial por parte de la persona responsable de su cuidado y comportamiento.
- Queda prohibido mantener de forma habitual a perros y gatos en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y similares o vehículos.
- Queda prohibido dejar sin supervisión a cualquier animal de compañía durante más de tres días consecutivos; en el caso de la especie canina, este plazo no podrá ser superior a 24 horas consecutivas.
- Queda prohibida la comercialización de perros, gatos y hurones en tiendas de animales, así como su exhibición y exposición al público con fines comerciales.
- Se prohíbe el uso de cualquier herramienta de manejo que pueda causar lesiones al animal, en particular collares eléctricos, de impulsos, de castigo o de ahogo.
Puedes consultar la ley, al completo, en este enlace.