Rafael Louzán y la delegada de la Xunta en Pontevedra, condenados a dos años de prisión

Rafael Louzán, en una imagen de Archivo // FEDERACIÓN GALEGA DE FÚTBOL

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El Juzgado de lo Penal número 3 de Pontevedra ha condenado a dos años de cárcel al expresidente de la Deputación de Pontevedra Rafael Louzán por conceder una subvención de 86.311 euros para realizar unas obras de mejora del campo de fútbol de Moraña que ya estaban, en su mayor parte, ejecutadas con anterioridad. El político, que ha sido considerado culpable de un delito de prevaricación, en concurso con un delito de fraude, también ha sido inhabilitado para empleo o cargo público durante ocho años. La jueza ha condenado a dos años de cárcel y a ocho de inhabilitación para empleo o cargo público, como cooperadores necesarios del delito de prevaricación y autores de un delito de fraude, a la exalcaldesa de Moraña y actual delegada de la Xunta en Pontevedra, Luisa Piñeiro, y al entonces director de Infraestructuras de la institución provincial.

A la misma pena de prisión -dos años- ha sido sentenciado el administrador y un empleado de la adjudicataria del proyecto, así como el arquitecto que lo firmó, a quienes también ha inhabilitado para obtener subvenciones y ayudas públicas durante cuatro años. La magistrada, además, ha condenado a un año de prisión y a dos años de inhabilitación para obtener ayudas públicas a cada uno de los dueños de las dos constructoras que accedieron a participar en el procedimiento negociado sin publicidad sabiendo que se trataba “de un mero trámite” para adjudicar la obra a una determinada empresa.

La jueza considera probado que la constructora a la que la Deputación había adjudicado en 2011 la instalación de hierba artificial en el campo de fútbol de Moraña y otras obras en edificaciones anexas aumentó su coste en 86.816 euros debido a una certificación. Al tratarse de una obra ejecutada con subvención, la legislación impedía rebasar el importe subvencionado, por lo que, según la sentencia, “se ideó un sistema artificioso, en fraude de ley, tendente a abonar a la empresa el importe que reclamaba”. La magistrada destaca que, para hacer frente a ese pago, en 2013, con el acuerdo del presidente de la Deputación, el director de Infraestructuras, el administrador de la empresa, la alcaldesa de Moraña y un arquitecto, se adjudicó de forma irregular otra obra a la misma constructora por ese importe, en concreto, las mejoras en el vestuario y las gradas del campo de fútbol, a pesar de que parte de ellas ya habían sido realizadas. Una vez denegada la posibilidad de aumentar el coste de las obras iniciales, “se buscaron alternativas para pagar esa certificación, creándose el proyecto de mejora en vestuarios y graderío del campo de futbol”, indica la jueza.

“Tal conclusión se alcanza de la audición de las escuchas practicada en el plenario y la documentación obrante en autos”, subraya la magistrada, al tiempo que señala que el entonces presidente de la Deputación “sabía de primera mano, por haber visitado el campo con motivo del anterior proyecto, también subvencionado por la Deputación, que cuanto menos la mayoría de las obras para las que aprobó una nueva subvención ya estaban ejecutadas”.

Esa conducta del expresidente de la Deputación, según la jueza, “evidencia una voluntad manifiesta en contra de la legalidad, sabiendo que la subvención que concede es claramente arbitraria y contraria a derecho”.

En cuanto a los condenados como cooperadores necesarios, explica en la sentencia que la alcaldesa de Moraña pidió la subvención a la Deputación “a sabiendas de que las obras para las que la solicitaba, cuanto menos la mayor parte, ya estaban ejecutadas” y el arquitecto “se limitó a firmar el proyecto y certificaciones”. En cuanto al director de infraestructuras de la Deputación, la jueza sostiene que “buscó el encaje de la operación, indicando incluso a qué arquitecto como firmante del proyecto debían acudir”. Y, finalmente, el administrador de la empresa adjudicataria intervino como “beneficiario último de la subvención”, así como uno de sus empleados, que fue “quien ejecutó o mandó ejecutar las actividades necesarias para la culminación del proyecto”.

La magistrada ordena en la resolución el decomiso de la cantidad cobrada por la empresa con motivo del proyecto de mejora de gradas y vestuarios del campo de fútbol (86.311 euros), así como de la cantidad cobrada por el arquitecto. La sentencia no es firme, pues contra ella cabe interponer recurso ante la Audiencia Provincial de Pontevedra.

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