El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha estimado parcialmente un recurso de suplicación interpuesto por una profesora del Conservatorio Profesional de Música de Vigo (CMUS), por el retraso en la activación del protocolo ante una denuncia por acoso.
La trabajadora solicitó a principios de octubre de 2022 la activación del protocolo por un supuesto acoso laboral, tras varios meses de desencuentros con la dirección y otros funcionarios del centro, pero dos semanas después se le comunicó el archivo de dicha solicitud.
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En marzo de 2023 volvió a solicitar la puesta en marcha de ese protocolo y, en junio, presentó una demanda ante los juzgados. El juzgado de lo Social 6 de Vigo acordó absolver al director del CMUS y a la Consellería de Educación.
Frente a dicha sentencia, la demandante formuló recurso de suplicación ante el TSXG que, aunque ha desestimado varios de sus argumentos (rechazando que se pueda realizar una nueva valoración de la prueba), sí ha entendido que la Consellería de Educación "incumplió la normativa de prevención de riesgos laborales", porque solo activó el protocolo y emitió informe después de la presentación de la demanda judicial.
"El retardo en la activación del protocolo de acoso por parte de la Xunta de Galicia constituye una actuación que contraviene la normativa de prevención de riesgos laborales", expone el alto tribunal gallego, que ha condenado a la administración autonómica a abonar 7.501 euros a la funcionaria "por infracción en materia de prevención de riesgos laborales". Contra esta sentencia cabe interponer recursos de casación para Unificación de Doctrina.
