La sección quinta de la Audiencia de Pontevedra, con sede en Vigo, ha denegado la revisión de la sentencia que condenó a Roberto Ballesteros, exalcalde de la pedanía viguesa de Bembrive por el PSOE, a dos años y dos meses de cárcel por prevaricación, falsedad y malversación, y le da dos días, que se cumplen este viernes, para ingresar en prisión.
Según han confirmado fuentes judiciales, en el auto se le requiere para que ingrese en un centro penitenciario voluntariamente, bajo apercibimiento de que, de no hacerlo, se dará traslado a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado.
Ya en junio de 2022 la Audiencia había ordenado el ingreso en prisión al desestimar un recurso de súplica del condenado, y después de varios intentos anteriores de evitar la cárcel. La entrada en prisión se postergó pero, una vez agotadas todas las vías de recurso, ahora la Audiencia ha dado dos días de plazo para que se haga efectiva la pena de cárcel.
Roberto Ballesteros fue condenado en mayo de 2017 a 7 años de inhabilitación por retirarles, en una decisión ilegal, las retribuciones a los vocales del PP en la Junta Vecinal de Bembrive.
Posteriormente, en abril de 2021, fue condenado por pagar una obra que no se llegó a ejecutar, por los delitos de falsedad documental, prevaricación y malversación; en ese caso la sentencia fue de dos años y dos meses de prisión, y 7 años de inhabilitación, y también fue condenado un constructor como cooperador necesario.
En marzo de 2022, en una tercera causa, Roberto Ballesteros aceptó 9 años de inhabilitación por prevaricación administrativa, por la adjudicación de varias obras 'a dedo' por valor de casi 800.000 euros, entre 2013 y 2016.
Se da la circunstancia de que el posterior alcalde pedáneo de Bembrive y sucesor de Ballesteros, el también socialista Marcos Castro, fue condenado a 12 años de inhabilitación por un delito continuado de prevaricación, por la adjudicación irregular de varios contratos para el suministro de sidra destinada a la Fiesta de la Sidra de esta parroquia, en los años 2019 y 2020.