La Mancomunidade de O Val Miñor, multada por su "conducta pasiva" ante el acoso a una trabajadora

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El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha desestimado el recurso de suplicación interpuesto por un empleado de la Mancomunidade de Concellos de O Val Miñor y ha avalado un expediente disciplinario a dicho trabajador por "acoso" a una compañera, confirmando también una multa de 25.000 euros por la "conducta pasiva" de la organización.

En una sentencia del 1 de abril, la Sala de lo Social del TSXG aprueba las conclusiones de la Comisión de Investigación de acoso de la Mancomunidad, fechada en el 2 de febrero de 2021, que considera la actitud del empleado como una "conducta de acoso moral" a una compañera por razón de "sexo".

Por ello, en su día se propuso una apertura de un expediente disciplinario al trabajador. Ante la "conducta pasiva" de la Mancomunidad, Inspección de Trabajo la sancionó como una "falta grave" con una multa de 25.000 euros.

Ahora, el TSXG avala estas decisiones, aunque la sentencia no es firme, ya que contra la misma cabe interponer recurso de casación.

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