¿Se puede coartar nuestra libertad si suponemos un riego para la salud colectiva? Así lo ha acordado el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Santiago de Compostela tras serle requerido el respaldo para aislar obligatoriamente a un enfermo de coronavirus.
El juez José Alvariño Alejandro ha ratificado la medida adoptada este lunes 22 de junio por la Consellería de Sanidade por la que se acuerda la busca y aislamiento obligatorio, en su domicilio, o, de no ser posible, en el centro que se considere oportuno, de un positivo por Covid-19 que no estaba localizable en su domicilio.
El varón, de 34 años que dio positivo de SARS-co V-2 este lunes, deberá ser localizado y aislado “hasta que deje de representar un riesgo para la salud pública, dependiendo su prolongación del dictamen del Servizo de Medicina Preventiva del Hospital Clínico Universitario de Santiago de Compostela”.
El magistrado se apoya en dos sentencias de Barcelona y Santander para tomar la decisión, amparado por el informe forense, que concluye que la enfermedad “es grave y debe considerarse como un riesgo sanitario grave para la salud, debiendo ser ingresado en un centro sanitario donde está aislado adecuadamente”.
La sentencia explica que “la autoridad sanitaria ha acordado una medida que tiene suficiente amparo legal, y que está dirigida a un constitucionalmente legítimo, la defensa de la salud pública, la integridad física y la salud de la población en general”.