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Absuelto al exalcalde de Baiona tras ser acusado de prevaricación por retirarse multas de aparcamiento

Carlos Gómez: “O reto é apuntalar o proxecto de transformación de Baiona iniciado en 2019"
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MetropolitanoPorMetropolitano
08/02/2024

La sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, ha absuelto al exalcalde de Baiona tras ser acusado de un delito continuado de prevaricación administrativa, por el que se le solicitaban hasta 15 años de inhabilitación para cargo público.

En su sentencia, los magistrados reconocen que Carlos Gómez sí firmó las cinco resoluciones por las que se archivaban las cinco multas que se le habían impuesto por aparcar en carga y descarga, después de haber alegado que poseía una tarjeta que le permitía hacerlo en el ejercicio de sus funciones como regidor.

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La Audiencia explica que, pese a que su deber de abstención era "incuestionable", ya que no debería haber firmado él mismo los expedientes que le quitaban sus propias multas, estas resoluciones dictadas "no pueden ser tachadas de patente, clamorosa y manifiestamente injustas o arbitrarias", por lo que los hechos no pueden tipificarse como constitutivos de un delito de prevaricación, como defendía Fiscalía.

Al respecto, los jueces indican que la resolución firmada por el alcalde reproduce el contenido de la Propuesta de Resolución realizada previamente por el ORAL, que es un organismo independiente del Concello de Baiona que gestiona las multas de tráfico. "Resulta incuestionable que cuando el alcalde el 23 de agosto de 2021 firma los cinco Decretos de la Alcaldía en los que estimando sus propias alegaciones como denunciado resuelve archivar el procedimiento, lo hace infringiendo de modo patente y clamoroso su deber de abstención, lo que viene a admitir en el plenario, y si bien alega que cuando los firma no se dio cuenta porque los firmó sin leerlos, sin darse cuenta de que se correspondían a las denuncias contra él, y aunque se trata, no de una, sino de 5 resoluciones, al haber sido firmadas el mismo día podríamos dudar sobre si ese deber de abstención fue conscientemente infringido", explica la sentencia.

Sin embargo, los magistrados añaden que, Carlos Gómez sí tuvo conocimiento de estos hechos cuando le notifican en casa que sus multas han sido archivadas. No obstante, "no habla con nadie, y a nadie le consulta qué puede hacer, no realizando actuación alguna para tratar de subsanar lo hecho".

Pese a todo, "no basta, por tanto, con que el acusado no se hubiera abstenido y hubiera firmado las cinco resoluciones de la Alcaldía estimando sus propias alegaciones en los expedientes sancionadores y archivando los mismos, con clara infracción del deber de abstención, sino que es preciso que dichas resoluciones fueran injustas, teniendo esta injusticia que ser patente, clamorosa y manifiesta" para que fuese considerado prevaricación. A juicio de la Audiencia, no lo fueron.

Todo ello al reconocer la existencia de una tarjeta que sí lo autorizaba a aparcar en ciertas plazas y "existía cierta confusión" de si también le permitía dejar el coche en la zona de carga y descarga.

Para terminar, los jueces ponen de relieve que, "aunque la resolución la firma el Alcalde y su deber de abstención era incuestionable, dicha resolución viene a reproducir el contenido de la Propuesta de Resolución realizada previamente por el Oral". "Por lo tanto, las resoluciones dictadas no pueden ser tachadas de patente, clamorosa y manifiestamente injustas o arbitrarias, de ahí que no pudiendo los hechos tipificarse como constitutivos del delito de prevaricación objeto de acusación", la Audiencia decide absolver al exalcalde de Baiona.

Hechos

Los hechos se remontan a abril y junio de 2021, cuando Gómez era regidor del municipio pontevedrés. Según el escrito de acusación de la Fiscalía, Gómez Prado, que ahora lidera el grupo municipal del PSOE de Baiona (tras ser desbancado de la Alcaldía en las elecciones locales de mayo pasado), fue multado por agentes de la Policía Local en cinco ocasiones, entre el 30 de abril y el 9 de junio de 2021.

Con intención de eludir las sanciones, en el trámite de alegaciones presentó una tarjeta que, supuestamente, le autorizaba a aparcar en esa zona, y argumentó que no la había puesto en el vehículo cuando había aparcado esos días porque la había dejado olvidada en otro coche.

La Fiscalía sostenía que esa tarjeta había sido elaborada posteriormente 'ad hoc', y firmada por el propio alcalde y el coacusado, oficial jefe de la Policía Local. Además, el entonces regidor aportó un informe firmado por ese policía, en el que éste aseguraba que conocía la existencia de la tarjeta acreditativa para ese coche, al servicio de la Alcaldía, y que, por tanto, el coche del alcalde estaba estacionado esos días y en esa zona con su conocimiento y autorización. Finalmente Fiscalía, pese a considerar que la tarjeta era falsa, indicó que no había indicios suficientes y retiró esta acusación, quedando solo como investigado Carlos Gómez.

En todo caso, el Ministerio Público apuntaba que, tal y como figuraba en el texto de la tarjeta supuestamente fraudulenta, el alcalde tampoco podría aparcar en esa zona de carga y descarga, sino solo en zonas habilitadas a tal efecto. A raíz de esas alegaciones, el instructor del expediente, de la oficina ORAL de la Diputación de Pontevedra, archivó el procedimiento sancionador. En agosto de 2021, Carlos Prado firmó cinco resoluciones como alcalde en las que, "con total desprecio del deber de abstención" estimó sus propias alegaciones y resolvió archivar los expedientes sancionadores.

Delitos y penas

Por estos hechos, la Fiscalía acusaba al exalcalde de un delito continuado de prevaricación administrativa, solicitando para él 15 años de inhabilitación para cargo público. En sus conclusiones finales, retiró la acusación para el otro investigado y eliminó el delito de falsedad en documento oficial, que acarreaba una pena de cárcel de 3 años y dos años más de inhabilitación para Carlos Gómez. Ahora la Audiencia absuelve al exalcalde de Baiona, aunque ante esta resolución cabe interponer recurso de apelación en un plazo de diez días.

Temas: BaionaO Val Miñor
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