El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la sentencia de primera instancia que exime al Concello de Vigo de pagar los 10.500 euros que le impuso la Xunta por la comisión de una infracción sanitaria tipificada como grave por la falta de control sobre la gestora del servicio municipal de aguas. El alto tribunal considera, al igual que el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Vigo, que la Administración local no incurrió en la negligencia que se le imputa.
Los magistrados destacan que la prueba documental obrante en el expediente y en las actuaciones judiciales corrobora que el Concello y la concesionaria realizaron actuaciones conjuntas “para atajar o paliar los efectos de la sequía en 2017”, tales como un seguimiento reforzado de la presa de Eiras, con tomas y análisis a diversas profundidades. Además, solicitaron a Augas de Galicia la reducción del caudal ecológico y se continuó con la toma de muestras y realización de analíticas en las zonas y puntos de la red. De esas actuaciones y resultados se informó a la autoridad sanitaria. Además, según consta en la sentencia, se tomaron muestras de modo conjunto con los inspectores de sanidad y, semanalmente, los técnicos municipales se reunieron con los de la concesionaria para estudiar la adopción y ejecución de las medidas y ejercer las funciones de control continuado.
“Del examen de la prueba practicada, ha de compartirse que, habiéndose puesto los medios para buscar soluciones, por el Concello de Vigo no se incurrió en la infracción sancionada –control sobre la concesionaria-, por lo que no procedía la imposición de la sanción y el recurso de apelación ha de ser desestimado”, concluye el TSXG. Contra la sentencia, que le impone a la Xunta el pago de 1.000 euros en concepto de costas, cabe interponer recurso de casación.
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