Se incrementa la vigilancia para hacer cumplir el cierre perimetral de los municipios gallegos. En Vigo, la Policía Nacional ha intensificado este viernes los controles en las entradas y salidas por tierra y aire. Un helicóptero se ha sumado a la vigilancia que se está desarrollando a lo largo de las principales arterias de acceso a la urbe gallega.
En los dispositivos, que son intermitentes y tienen lugar en puntos como la parte final de la Avenida de Madrid o el acceso de la AP-9 en Teis, la Policía está detectando un elevado grado de incumplimiento de las medidas aprobadas por la Xunta de Galicia para reducir al máximo la movilidad de los gallegos y evitar la exposición con personas ajenas al circulo de convivencia.
Solo este jueves, se han realizado 551 controles en toda Galicia, que se saldaron con 211 propuestas de sanción y dos personas detenidas, según informa la Delegación del Gobierno.
Además del incremento de la vigilancia para asegurar el cumplimiento de los cierres perimetrales, también se ha intensificado la comprobación de horarios de cierre y aforos máximos del comercio. Las fuerzas de seguridad insisten en la necesidad de cumplir las medidas aprobadas por el comité clínico para frenar la incesante expansión de la pandemia del coronavirus que se ha cobrado ya la vida de 1.718 personas en el conjunto de Galicia.
¿Cuándo se puede romper el cierre perimetral?
- Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
- Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales, sindicales y de representación de trabajadores o legales.
- Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.
- Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.
- Asistencia y cuidado, incluido el acompañamiento, a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
- Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de servicio en territorios limítrofes.
- Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.
- Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.
- Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
- Cuidado de huertas y animales.
- Asistencia a academias, autoescuelas y centros privados de enseñanza no reglada y centros de formación.
- Desplazamiento a establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad en territorios limítrofes, cuando no exista alternativa en el propio ayuntamiento.
- Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
- Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.