La Xunta está inmersa en una modificación del reglamento del registro de parejas de hecho para simplificar la tramitación, clarificar la documentación necesaria y adaptar el proceso a las nuevas tecnologías. En concreto, ha informado de la apertura del trámite de información pública por un período de 15 días hábiles, tal y como recoge este lunes el Diario Oficial de Galicia.
El texto del proyecto puede consultarse en el Portal de Transparencia de la Xunta con el objeto de que cualquier persona interesada pueda formular las observaciones y presentar las propuestas que considere oportunas a través de la sede electrónica de la Xunta y, en aquellos casos de personas físicas no obligadas al empleo de medios electrónicos, por medio de un escrito dirigido a la Secretaría Xeral Técnica de la Vicepresidencia Primera.
El objetivo de las modificaciones es facilitar la tramitación y adaptarla tanto a las nuevas tecnologías como a los últimos cambios normativos. Se apuesta, así, "por una mayor funcionalidad y simplicidad para la ciudadanía", destaca la Xunta.
Entre las novedades previstas está la de establecer la posibilidad de que las solicitudes en las distintas fases del procedimiento se presenten de manera telemática. De este modo, la inscripción, modificación y cancelación de parejas de hecho se podrá hacer de acuerdo a las leyes de procedimiento administrativo común y de la administración digital de Galicia.
Además, la reforma permitirá darle respuesta a las principales incidencias recogidas en los registros y que tienen relación con la aportación del certificado registral de fe de vida y estado, con la acreditación de la vecindad civil gallega y con la falta de fijación temporal del tiempo mínimo de convivencia.
Otra de las dificultades más detectadas está relacionada con la interpretación del artículo 11 del reglamento de parejas de hecho de Galicia, que recoge los requisitos comunes de las solicitudes de inscripción. Las dudas se centran en la documentación que se requiere en cada registro para acreditar el cumplimiento de todos los requisitos.
En esta línea, se introduce una nueva redacción del artículo para determinar la documentación acreditativa de todos los requisitos exigidos que las personas interesadas deben aportar al registro y se armonizan los criterios de interpretación entre los cuatro registros de parejas de hecho de Galicia.
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