Las principales novedades de las restricciones en Galicia vuelven a tener como grandes protagonistas a la hostelería y el ocio nocturno. El conselleiro de Sanidade, Julio García Comesaña, explicó en la rueda de prensa ofrecida este mediodía que el comité clínico ha propuesto aliviar los aforos tras confirmarse el pasado fin de semana que el requisito del certificado de vacunación Covid carecía de vigencia tras el fallo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG). El máximo responsable de la Sanidad en Galicia, que apuntó que todavía no conocen los motivos de la decisión del alto tribunal gallego, recordó que la decisión de pedir este documento en hostelería se adoptaba para poder ampliar los aforos en el interior de bares, cafeterías y restaurantes.
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Tras reajustar los aforos desde ayer martes, el conselleiro de Sanidade señaló que desde las 00:00 horas de este sábado 21 de agosto se efectuarán nuevos cambios en la restricción de aforos tanto de hostelería como de ocio nocturno. Julio García Comesaña informó que los bares, cafeterías o restaurantes en concellos en nivel máximo no tendrán cambios, es decir, no podrán ofrecer servicio en el interior del local y podrán atender al 50% en terraza. Las principales novedades llegan a la terraza de la hostelería de los concellos en niveles alto y medio, que amplían su aforo en exteriores al 75% y 100%, respectivamente, mientras que en el nivel medio-bajo se amplía el aforo en interior hasta un 75%.
El comité clínico también ha decidido establecer este alivio de aforos en los locales de ocio nocturno. Discotecas o pubs de los concellos en nivel máximo y alto no podrán abrir en interior, pero en terraza podrán ofrecer servicio hasta un máximo del 75%. La situación mejora de forma notable para el sector en los niveles medio y medio-bajo. En el nivel medio se amplía el interior al 50% en interior y al 75% en terraza mientras que en medio-bajo será de 50% en interior y se mantiene de 100% en terraza.
El conselleiro de Sanidade recordó que está prohibido fumar en las terrazas y ha reiterado que el número máximo de reuniones entre no convivientes es de seis personas en el interior y de diez en el exterior. Además, en los concellos en niveles máximo y alto están prohibidas las reuniones entre no convivientes entre las 01:00 horas y las 06:00 horas mientras que en los municipios en niveles medio y medio-bajo sigue siendo de 03:00 a 06:00 horas.
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