El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la condena a once años de cárcel para la educadora social por abusar sexualmente de una menor en el centro de Redondela (Pontevedra) en el que trabajaba y donde la víctima se encontraba interna.
La resolución de la sala de lo Civil y Penal del Alto Tribunal gallego, contra la que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, ratifica el fallo de la Audiencia Provincial de Pontevedra dictado a mediados del pasado mes de enero.
Por lo tanto, la sala del TSXG rechaza el recurso de la defensa al dar por acreditado tanto el testimonio de la víctima como las declaraciones del resto de testigos, que los magistrados ven apoyados en los documentos y escritos oficiales y en los mensajes y correos intercambiados entre la acusada y la agredida.
En la sentencia de enero, la sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, condenó a 11 años de cárcel a la trabajadora social que abusó de una niña de 13 años que conoció en un centro de menores de Redondela.
Los magistrados la consideran autora de un delito continuado de abuso sexual, imponiéndole 11 años de prisión, así como la inhabilitación especial para el ejercicio de cualquier profesión u oficio que implique relación o contacto con menores de edad por cinco años más que la pena privativa de libertad.
También se le ha condenado a libertad vigilada durante ocho años y la prohibición de aproximarse a menos de 100 metros de la víctima o comunicarse con ella por el tiempo de 15 años. Además, tendrá que abonar una indemnización a la víctima de 8.000 euros.
Los hechos ocurrieron a partir de marzo de 2019, cuando la ahora condenada habría iniciado una relación sentimental con la menor.
En su sentencia, la Audiencia considera como hechos probados que la procesada, aprovechándose de sus funciones y de la ascendencia que tenía sobre la niña, así como su propia situación de desamparo, inició a partir del mes de marzo de 2019 una conducta de aproximación más íntima hacia la menor, prestándole mayor atención que al resto de los niños del hogar de acogida, lo que contribuyó a ganar su confianza.
El auto también explica que desde ese mes hasta septiembre de ese mismo año, cuando la trabajadora social fue expulsada del centro, la condenada tuvo una relación sentimental con la menor, en el curso de la cual cuando estaban solas, "tuvieron relaciones sexuales plenas".
Esto habría ocurrido en varias ocasiones en diferentes viajes realizados por ambas a Santiago de Compostela o a Italia, así como también en un domicilio de Arcade.
Los hechos procedían del Juzgado de Instrucción número 2 de Redondela e, inicialmente, Fiscalía solicitaba 11 años de cárcel, y 15 años de alejamiento, además de 16 años de inhabilitación.
La sentencia no es firme y cabe imponer recurso de apelación en el plazo de diez días siguientes a su notificación.
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