La sala de lo Penal 3 de Vigo acogerá este martes un juicio contra un hombre acusado de agresión sexual y acoso a una chica con la que compartió piso en la ciudad olívica, y que se enfrenta a 4 años y medio de cárcel.
La vista estaba señalada para el pasado 21 de abril, pero tuvo que ser suspendida debido a la falta de un informe de la psicóloga que trató a la víctima. Según el escrito de acusación de la Fiscalía, los hechos ocurrieron durante el año 2023. Así, en febrero, el acusado alquiló una habitación en un piso compartido de la ciudad, donde ya vivían la víctima y su madre, y se hizo muy amigo de la chica, de manera que llegaron a tener relaciones íntimas en tres ocasiones.
Sin embargo, la joven le trasladó su deseo de cortar esas relaciones y, aunque al principio el acusado lo aceptó, pronto empezó a mostrar una actitud intimidatoria hacia ella, a la que acosaba e insistía para volver a tener sexo.
La Fiscalía explica en su escrito que el procesado aprovechaba cada vez que se cruzaba con la joven en las zonas comunes de la vivienda para buscar el contacto físico, darle cachetadas en la cara o en las nalgas, y hacerle insinuaciones. Ese acoso fue incrementándose, hasta llegar a las amenazas e insultos, e incluso en una de las ocasiones le dio un beso en los labios sin su consentimiento.
La situación provocó que la chica intentara estar fuera del domicilio el mayor tiempo posible, para evitar encontrarse con el acusado. En diciembre de 2023, se produjo una fuerte discusión entre el procesado y la madre de la víctima, y una dotación de la Policía acudió al domicilio. La presencia de los agentes animó a la joven a denunciar lo que le estaba sucediendo.
Por estos hechos, el ministerio público acusa al joven de un delito de acoso y de otro de agresión sexual, y pide para él penas que suman cuatro años y medio de prisión. Igualmente, solicita la medida de 3 años de libertad vigilada, además de 3 años de inhabilitación para ejercer profesiones u oficios que conlleven trato con menores de edad.
También pide que se le prohíba comunicarse o aproximarse a menos de 200 metros de la víctima durante 4 años, y que la indemnice en 1.000 euros por los perjuicios morales ocasionados.
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