La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la condena que la sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, le impuso a dos acusados de agredir a dos jóvenes de madrugada en la calle Hernán Cortés, provocando que se cayesen al suelo en estado de semiinconsciencia. Ratifica así la pena que interpuso a cada uno de los acusados por los hechos sucedidos en enero de 2022. A uno de ellos le impuso cinco años y tres meses de cárcel; y, al otro, cuatro años y tres meses de prisión. El tribunal, por lo tanto, ha rechazado el recurso interpuesto por los dos condenados y ha ratificado sus condenas como coautores de un delito de lesiones con deformidad, concurriendo la agravante de abuso de superioridad, y de un delito leve de lesiones, por el que cada uno de ellos deberá pagar una multa de 360 euros.
Los magistrados han estimado, en parte, el recurso de apelación interpuesto por una de las víctimas, por lo que ha incrementado la indemnización que deberán pagarle los condenados, pasando de 15.938 a 20.000 euros. Además tendrán que indemnizar al otro perjudicado con 594 euros. La Sala explica que comparte con el apelante y el Ministerio Fiscal que las bases sobre las que se estableció la indemnización en la sentencia de primera instancia “omiten conceptos indemnizables”, por lo que entiende procedente elevar la cuantía.
En lo que se refiere a los recursos presentados por los acusados, el TSXG rechaza que haya existido error en la valoración de la prueba efectuada por la Audiencia Provincial. Y en lo que se refiere a la indebida utilización de la institución del testigo protegido que alegan los sospechosos, los magistrados señala que "resulta plenamente lógico que, ante la brutalidad de la agresión que se podría apreciar en la grabación, cualquier persona temiese por su integridad física y solicitase mantener el anonimato para evitar represalias".
Los jueces del alto tribunal gallego también rechazan aplicarles la atenuante de embriaguez y ratifican la agravante de abusos de superioridad, pues señalan que el relato de los hechos probados "describe una escena claramente ilustrativa de un abuso de superioridad provocado por el desequilibrio de fuerzas, ya que las víctimas fueron abatidas con rapidez, sin apenas posibilidades de defensa, tal y como puede apreciarse en el vídeo". El TSXG subraya que “los agresores, de mayor edad, experiencia y corpulencia, con una dinámica de dos contra uno, consiguen con facilidad dejarlos en estado de semiinconsciencia, y tal facilidad habla por sí sola de la circunstancia de abuso apreciada correctamente por la Sala".
El tribunal, al igual que la Audiencia Provincial de Pontevedra, considera probado que los acusados, cuando se encontraban en la calle Hernán Cortés de Vigo, entablaron una discusión con dos personas, en el transcurso de la cual, “de común acuerdo, tanto en la acción como en el resultado, y con ánimo de menoscabar la integridad física de los mismos”, les propinaron diversos golpes, que provocaron la caída de ambos al suelo en estado de semiinconsciencia. En concreto, la Sala relata que ambos acusados se dirigieron hacia una de las víctimas, arrollándola, lanzándole diversos golpes con los puños, alcanzándola, al menos uno de ellos, de lleno, lo que provocó que se cayese al suelo, quedando inconsciente.
La sentencia no es firme, pues cabe presentar recurso ante el Tribunal Supremo.
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