Nada se ha movido en el último Consejo Interterritorial celebrado esta tarde y en el que el Gobierno de España y las Comunidades Autónomas debían fijar las medidas definitivas para Semana Santa. A pesar del aumento de contagios en algunas regiones, y la anunciada cuarta ola de contagios que podría hacer saltar por los aires la desescalada, no se han tomado medidas adicionales a las restricciones aprobadas la pasada semana. Así, se mantienen todas las medidas vigentes. La incoherencia surge en el mantenimiento de las fronteras abiertas, por lo que podrás viajar al extranjero pero no a la montaña de Asturias, mientras que un francés podrá llegar a Vigo pero un vigués no podrá visitar a su hermano que vive en otro domicilio. La propia Comisión Europea ha pedido a España "coherencia" ante las contradicciones en las restricciones. Respondemos a las principales dudas.
¿Puedo moverme libremente por Galicia esta Semana Santa?
Sí. En Galicia ya no existen cierres perimetrales más allá del activo a nivel de la comunidad, por lo que es posible moverse libremente dentro de la comunidad. Aunque hay una excepción. Los concellos que se encuentran en nivel máximo de restricciones sí tienen cierre perimetral y no se puede entrar ni salir.
¿Cuáles son los concellos con cierre perimetral?
La lista varía cada semana. En este momento son Maside, Paradela y Vilardevós, aunque desde el viernes serán Beade y Maside, mientras que Paradela y Vilardevós ya tendrán de nuevo sus "fronteras" abiertas.
¿Puedo salir de Galicia?
No. Hay un cierre perimetral en la comunidad y no es posible entrar ni salir, a excepción de las causas justificadas. Si estás pensando en salir por turismo, no podrás. Se espera además que se intensifiquen los controles en la frontera. Las medidas son comunes entre el 26 de marzo y el 9 de abril.
¿Puede llegar a Vigo un francés?
En teoría sí, siempre que lo haga en avión. El cierre perimetral es a nivel autonómico y no afecta a las fronteras exteriores, por lo que se puede viajar desde otros países a España (puede realizar una conexión en Barajas, ya que los viajeros en tránsito no están afectados por el cierre perimetral) . Una vez aquí, eso sí, no podrán abandonar la comunidad.
¿Deben realizar cuarentena los turistas extranjeros?
No. Desde el 23 de noviembre, todos los pasajeros procedentes de un país o zona de riesgo (a excepción de los menores de 6 años) solamente deberán disponer de una PCR para SARS-CoV-2 con resultado negativo, realizada en las 72 horas previas a la llegada a España. Se debe además rellenar un formulario de Control Sanitario.
¿No puedo ir a Asturias pero sí al extranjero?
Exacto. Es una de las grandes incoherencias. Al igual que los extranjeros que llegan, los gallegos también pueden abandonar España, aunque es altamente recomendable no hacerlo. En muchos países se solicitan además cuarentenas obligatorias.
Entonces, puedo ir a Portugal...
No por tierra. La frontera terrestre entre Galicia y Portugal permanecerá cerrada al menos hasta después de la Semana Santa y solo se permite el tránsito para determinadas excepciones, principalmente laborales.
¿Puedo quedar con amigos?
Sí, se permiten las reuniones sociales para un máximo de seis personas al aire libre en espacios públicos, y cuatro en espacios cerrados. Pero ojo, en domicilios particulares están prohibidas las reuniones entre no convivientes.
¿Y si vivo solo?
Si vives solo sí podras formar una “unidad de convivencia ampliada”, pero la unidad de convivencia "que acoja" solo puede integrar a una única persona que viva sola.
¿Qué pasa si mi pareja no vive conmigo?
La Xunta permite la reunión de personas con vínculo matrimonial o de pareja cuando estos vivan en domicilios diferentes.
¿Sigue el toque de queda?
Sí. Se mantiene como hasta ahora, a partir de las 22:00 horas.
¿Se mantiene el horario de la hostelería?
Sí. Salvo cambio inesperado de última hora, la hostelería podrá abrir hasta las 21:00 horas durante toda la Semana Santa.
Estudio fuera de Galicia, ¿puedo volver?
En teoría sí, ya que entre las excepciones para romper el cierre perimetral autonómico se recoge el “retorno al lugar de residencia habitual o familiar”. Aquí surge otra incoherencia ya que las reuniones en domicilios particulares están prohibidas entre no convivientes. Pero en ese caso, siempre se puede argumentar que uno vive solo. En ese caso, se aplica la excepción que permite, a las personas que viven solas, formar parte de una única unidad de convivencia ampliada. Cada unidad de convivencia puede integrar solamente a una única persona que viva sola.