El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) calcula que en Galicia se han producido 55 rebajas de condena y tres excarcelaciones por la aplicación de los cambios en los arcos de penas para delitos sexuales introducidos por la ley del 'sólo sí es sí'.
Según los datos facilitados este miércoles por el CGPJ, los órganos judiciales gallegos dictaron 114 resoluciones, de las 55 fueron favorables a los procesados. En las 59 restantes se mantuvieron las penas impuestas inicialmente.
La mayoría de las revisiones de las que tiene constancia el CGPJ en Galicia fueron gestionadas por la Audiencia Provincial de A Coruña, que aceptó modificar la condena en 17 de las 53 revisiones realizadas.
Por su parte, la Audiencia pontevedresa rebajó las penas en 18 ocasiones de 31, mientras que la de Ourense lo hizo en 9 de las 13 revisiones y la de Lugo en 6 de 9.
Además, contabiliza un total de tres excarcelaciones en aplicación del nuevo marco legislativo, dos de ellas dictadas por la Audiencia de Ourense y una por la de Pontevedra.
A las decisiones de las audiencias provinciales gallegas se suman las 5 rebajas aplicadas por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, que revisó 8 sentencias.
A nivel estatal, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) calcula que se han producido al menos 1.079 reducciones de condena, el 30,9% de las revisiones efectuadas, y 108 excarcelaciones por la entrada en vigor de la conocida como ley del 'solo sí es sí', según los datos recabados por el órgano de gobierno de los jueces a fecha 1 de mayo.
Aunque el dato oficial se ha conocido este jueves, fuentes del CGPJ avanzaron el pasado 3 de mayo que se había superado la barrera de las mil rebajas de pena. Entonces, se apuntó a 1.025 reducciones de condena y 105 excarcelaciones.
El CGPJ informó por primera vez sobre el impacto de la ley del 'solo sí es sí' el 1 de marzo, con 721 rebajas y 74 excarcelaciones. Posteriormente, a 14 de abril, ofreció una primera actualización: 978 rebajas y 104 excarcelaciones.
La de este jueves es, por tanto, la segunda actualización que hace el CGPJ, que acordó revisar los datos periódicamente. No obstante, ha aclarado que "no incluyen las revisiones de pena que puedan haber tramitado los juzgados de lo penal, competentes para enjuiciar delitos contra la libertad sexual penados con hasta cinco años de prisión, ante la dificultad de recabar esta información".
Los órganos jurisdiccionales que más revisiones de condena han efectuado desde la entrada en vigor de la Ley de garantía integral de la libertad sexual, el pasado 7 de octubre, son las audiencias provinciales (2.138), acordando 940 rebajas y 103 excarcelaciones. Aún hay 231 revisiones pendientes.
La Audiencia de Madrid es la que más bajadas y salidas de la cárcel ha ordenado, con 126 y 16, respectivamente. Además, tiene otras 187 revisiones en curso, por lo que esas cifras podrían seguir engordando.
Por número de reducciones de condena, le siguen la Audiencia de Alicante, con 55 rebajas y 3 excarcelaciones; Cádiz (49 y 8); Barcelona (47 y 4), Islas Baleares (46 y 6).
En la parte baja de la tabla se sitúan Ávila y Soria, que no han reducido condenas ni ordenado salidas de prisión; La Rioja y Segovia, con 1 rebaja y ninguna excarcelación; y Cuenca (2 y 0).
En cuanto a los Tribunales Superiores de Justicia (TSJ), han acordado 118 rebajas y 5 excarcelaciones. Madrid vuelve a situarse a la cabeza, con 43 reducciones, aunque ninguna salida de prisión. Aragón es el que más excarcelaciones ha ordenado, con 3.
Después de Madrid, los TSJ de Andalucía y Valencia son los que más rebajas han aplicado (9), junto a Baleares (8) y Cataluña (7). A la contra, Cantabria y Castilla y León no han acordado reducciones, mientras que La Rioja solo ha dictado una.
Por otro lado, la Audiencia Nacional solo ha efectuado 7 revisiones, con una condena y ninguna excarcelación. Y el Tribunal Supremo ha analizado 47 casos, resolviendo 20 rebajas.
Así las cosas, en porcentajes, el Supremo es el tribunal que más reducciones de condena ha decidido (42,6%), mientras que las audiencias provinciales han ordenado un 30,8% y los TSJ un 27,7%. La Audiencia Nacional, solo un 14,3%.
Está previsto que la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo celebre entre el 6 y 7 de junio un Pleno monográfico para fijar criterio sobre las revisiones efectuadas por los tribunales sentenciadores a causa de la reforma penal.
Será la primera vez que el alto tribunal entre a analizar si los tribunales han aplicado bien la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual en sus revisiones de pena.
Los magistrados llevarán a cabo este estudio con el objetivo no solo de unificar criterio sino de fijar doctrina, y porque ya acumula más de 20 recursos de casación contra autos de revisión.
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