Vigo ya tiene nueva ordenanza de playas. El pleno celebrado este miércoles dio luz verde a la aprobación definitiva de la normativa que regulará el funcionamiento de los 56 arenales de la urbe gallega, una aprobación que contó con el voto a favor del grupo municipal socialista y con las abstenciones de PP, Marea de Vigo y BNG. La ordenanza no recoge finalmente una sanción para aquellos bañistas que fumen en los arenales vigueses. Lo único que se hará será declarar algunos espacios como "libres de humo". Además, la normativa establece tres niveles de infracciones -consideradas leves, graves o muy graves- que supondrán para los infractores multas que pueden llegar hasta los 3.000 euros en aquellos casos considerados como muy graves.
A pesar de que el alcalde de Vigo, Abel Caballero, se reafirmó en varias ocasiones -la última vez en enero de 2020-, lo cierto es que el Concello no podrá más que emitir una recomendación, ya que no habrá sanciones directas a quien fume en los arenales considerados como "libre de humos". Así, la nueva ordenanza no recoge finalmente ninguna sanción por fumar en este tipo de playas (inicialmente se catalogó así a Samil y Rodas), una sanción que no puede imponer ningún ayuntamiento en España al no tener las competencias para ello. En este sentido, la nueva norma recoge que Vigo "podrá declarar determinados arenales como espacios libres de humos" y que, en ellos, "podrá implementar las políticas que considere oportunas" para "mantenerlos libres del humo del tabaco" y "fomentar la realización de campañas de educación y sensibilización ambiental, prevención de tabaquismo y protección del medio ambiente", pero sin establecer sanciones. Si habrá multas para los que tiren colillas, que se recogen entre las sanciones tipificadas como "leves".
Las infracciones leves en las playas de Vigo supondrán una multa que puede llegar hasta los 750 euros. La nueva ordenanza, aprobada en el pleno de este miércoles con los votos a favor del PSdeG, señala que constituyen este tipo de delito acciones como tirar residuos como colillas, restos de comida, papeles o latas a la arena o el agua; orinar o defecar en el agua o en la arena; o usar de forma indebida el agua de las luchas, lavapiés o aseos, así como asearse en el mar o en el arenal empleando elementos como jabón, gel o champú. La normativa que regulará este verano las playas de la urbe gallega también afecta a aquellas personas que les gusta hacer deporte en el arenal. La ordenanza califica como infracción multable hasta los 750 euros jugar con balones, palas de playa o discos voladores cuando estos resulten molestos para los usuarios del arenal, así como no respetar los 10 metros de distancia con respecto al frente dunar para realizar cualquier tipo de practica deportiva.
En el apartado de infracciones leves también figura la explotación económica en cualquier punto de la playa o en zonas anexas sin contar con licencia municipal o emplear dispositivos sonoros con fines de propaganda, reclamo, aviso, distracción u ocio salvo que se disponga de la autorización expresa de la autoridad competente.
La multa de entre 751 y 1.500 euros estará destinada a las sanciones consideradas como graves. Entre otras medidas, se considera un incumplimiento grave bañarse con la bandera roja izada, abandonar elementos voluminosos en los arenales como mesas, sombrillas, etc., acampar o instalar tiendas de campaña o estructuras de lonas, practicar con tablas deslizantes por la orilla fuera de las zonas habilitadas o tirar vidrios o envases metálicos en la arena o en el mar. También se multará con estas cuantías a quien reincida en la comisión de infracciones leves en el plazo de un año.
Por último, las multas de carácter muy grave podrán implicar sanciones de hasta 3.000 euros. En este caso, están limitadas a hacer publicidad con folletos, carteles, medios audiovisuales o de cualquier tipo sin autorización expresa, circular en embarcaciones tablas de surf o similares a menos de 200 metros de la costa y en las zonas de baño, celebrar actos públicos o deportivos sin autorización o impedir el funcionamiento de los servicios públicos. Así mismo, aquellos que reincidan tras recibir una sanción considerada como grave se enfrentarán a este tipo de multa.
Todas las sanciones deberán "graduarse" en función del grado de culpabilidad, intencionalidad o reincidencia y la normativa recoge que los agentes podrán apercibir verbalmente a quien infrinja la normativa para que cese la actividad. Por lo que las cuantías expuestas implican solo el carácter máximo en cada baremo.
¿Qué sucede si quien incumple es un menor? En ese caso, se responsabilizará al padre, madre, tutor legal o persona responsable, que deberá pagar la sanción de forma pecuniaria así como la reparación de los daños.
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Fenomenal lo de las medidas en las playas. Ya lo estábamos esperando muchos ciudadanos.