Los responsables de dos empresas del área de Vigo se enfrentan a penas de prisión y al pago de indemnizaciones por casi 178.000 euros como presuntos autores de un delito contra los derechos de los trabajadores, en concurso con un delito de lesiones graves por imprudencia grave, por la caída desde una altura de un operario en una nave del polígono do Caramuxo de Vigo, en noviembre de 2021.
Los tres procesados, la administradora de una empresa y su hija, y el administrador de otra empresa, serán juzgados este lunes en la sala de lo Penal 3 de la ciudad olívica y, según la Fiscalía, son responsables del accidente que sufrió ese trabajador por no haber adoptado medidas de seguridad, ni haberle dado formación en prevención de riesgos laborales.
El trabajador se encontraba en la cubierta de una nave de logística cuyos responsables habían contratado a su empresa con el encargo de revisar, limpiar y reparar un canalón. El hombre se subió a la cubierta pero al pisar un lucernario éste se venció con el peso y se precipitó desde unos 6 metros de altura. El operario, que no llevaba arnés de seguridad, sufrió graves fracturas en el cráneo y la cara, un traumatismo pélvico, fracturas en brazos y muñecas, y otras lesiones graves.
La Fiscalía considera que la responsable de la empresa donde estaba trabajando debía haber adoptado medidas de seguridad, y ello a pesar de que delegó en su hija la contratación de esas obras. El ministerio pública señala también en su escrito que la hija, "actuando con grave negligencia", asumió la actividad preventiva de los trabajos sin tener la formación ni conocimiento suficiente, y sin adoptar ninguna medida de seguridad.
Del mismo modo, acusa también al responsable de la empresa que empleaba a la víctima (como tornero fresador) por no haberle proporcionado ni medidas de seguridad ni formación adecuada para trabajar en altura.
Por estos hechos, solicita que el responsable de la firma donde trabajaba la víctima sea condenado a 2 años de prisión y se le inhabilite para administrar empresas, además de pagar una multa de 6.000 euros. La misma pena pide para la responsable de la otra empresa, en la que tuvo lugar el siniestro; mientras que para su hija pide un año y medio de cárcel, el pago de una multa de 3.600 euros y la inhabilitación para llevar a cabo actividad de prevención de riesgos laborales.
Además, todos ellos tendrán que indemnizar conjuntamente al trabajador en casi 178.000 euros por las graves lesiones sufridas, las numerosas intervenciones quirúrgicas a las que tuvo que ser sometido, las secuelas y el daño moral, ya que perjudicado tiene una incapacidad total permanente para su profesión habitual.
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