La sección primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha reconocido el derecho de un policía de Vigo a que se le abone la compensación económica por las vacaciones no disfrutadas por incapacidad temporal, entre el 1 de enero y el 19 de noviembre de 2020, y posterior jubilación por incapacidad permanente.
Según recoge la sentencia, el agente sufrió un traumatismo craneoencefálico en los disturbios sucedidos en Barcelona tras la sentencia del procés, siendo incapacitado por las lesiones y finalmente jubilado, sin que pudiese disfrutar las vacaciones que le correspondían.
En concreto, estuvo de baja desde el 18 de octubre de 2019, hasta que fue jubilado en noviembre del año siguiente, sin poder disfrutar de los 28 días de vacaciones y permisos de los que dispone. De esta forma, el alto tribunal ha estimado el recurso interpuesto por el afectado contra la resolución de la Dirección General de la Policía, en la que se le denegó el derecho a percibir la compensación económica correspondiente a los días de vacaciones no disfrutados.
El TSXG explica que la jurisprudencia comunitaria recoge este derecho y es "suficiente fundamento para acoger la pretensión planteada". Además, especifica que, al margen de que no sea imputable a la Administración la causa por la que el demandante no ha podido disfrutar de sus vacaciones anuales, "le corresponde el abono de la compensación económica que reclama porque ese derecho no deriva de culpa alguna de la Administración, sino de un derecho a reconocer al demandante, que no ha podido disfrutarlas por hallarse durante toda la anualidad en situación de incapacidad temporal derivada de acto de servicio".
Los magistrados también indican que no se trata de una contraprestación por los servicios prestados, "sino que basta con que el funcionario esté imposibilitado para disfrutar las vacaciones por encontrarse en situación de incapacidad temporal en todo el tiempo previo a su jubilación".
Por último, la sentencia señala que "está fuera de lugar la mención a la caducidad de las vacaciones si transcurren los 18 meses desde la fecha límite en que podían disfrutarse, porque en el caso presente ha devenido la jubilación del demandante sin poder disfrutarlas".
El TSXG concluye en la sentencia que han de imponerse un máximo de 1.500 euros en concepto de costas a la Administración demandada porque cuando se planteó la reclamación administrativa "el Tribunal de Justicia de la Unión Europea había fijado un claro criterio favorable a la compensación económica que se reclama", al igual que el Tribunal Supremo, que "ya había dictado la sentencia fijando doctrina de interés casacional". El fallo no es firme, pues cabe interponer recurso de casación.
Ponteareas pide colaboración ciudadana para acabar con el vandalismo. Ya ha puesto en manos de la Policía Local y de la Guardia Civil el caso
Una aldea del norte de Portugal se transformará en un moderno proyecto turístico. Así lo está contando el influencer que está detrás
Pista de baile, mazmorra, habitaciones temáticas y piscina, así es este nuevo complejo en el área de Vigo. Prometen 7.000 metros de diversión y libertad
¿Está en Galicia una de las mejores experiencias de viaje en el mundo entero? Este es el tren que acaba de ser nominado a este prestigioso premio
El objetivo de esta alianza es identificar y cuantificar los principales tipos de polen con capacidad alergénica
Puedes encontrarnos en nuestras redes sociales o, si lo prefieres, ponerte en contacto con nosotros a través de contacto@metropolitano.gal
Saber todo lo que ocurre en Vigo y su área metropolitana es ahora más sencillo, rápido y directo gracias al nuevo servicio de alertas de WhatsApp de Metropolitano.gal
© Hansei Media SL