La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha confirmado una sentencia del juzgado de lo Social 2 de Vigo en la que se reconoce como accidente laboral el ictus que sufrió una peluquera tras mantener una discusión con su jefe. Según el fallo, los hechos se remontan al 30 de octubre de 2021, cuando, tras mantener una discusión con su jefe, la mujer "notó como se le ponía el brazo y la pierna rígida".
Se ausentó entonces de su lugar de trabajo y llamó a su padre para que la acompañase al centro de salud, donde fue diagnosticada, en principio, de un cuadro de ansiedad, y fue remitida a su casa. Como los síntomas persistían, se dirigió a Urgencias, donde fue diagnosticada de un ictus hemorrágico de etiología hipertensiva.
A pesar de que en el auto se reconoce que la mujer fuma desde los 16 años y tiene antecedentes por hipertensión, el tribunal constata que "todos los datos" ofrecen "la certeza" de que el ictus se originó en el lugar y tiempo de trabajo, motivado por el estrés y "la tensión propia tras una discusión".
Por ello, confirma la necesidad de que la baja en la que se encuentra la mujer sea considerada laboral y no por contingencias comunes.
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