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Armadora y capitán del "Pitanxo" recurren y piden que el naufragio se investigue en Marín o Cangas

El patrón del ‘Villa de Pitanxo', Juan Padín, a su salida tras declarar en la Audiencia Nacional, a 6 de junio de 2022, en Madrid (España). // Jesús Hellín - Europa Press

El patrón del ‘Villa de Pitanxo', Juan Padín, a su salida tras declarar en la Audiencia Nacional, a 6 de junio de 2022, en Madrid (España). // Jesús Hellín - Europa Press

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Europa PressPorEuropa Press
28/09/2022

La armadora del pesquero gallego 'Villa de Pitanxo', Pesquerías Nores Marín, y el capitán del buque, Juan Padín, también han recurrido la decisión del juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno de asumir la investigación, por lo que han solicitado que sean los juzgados de Marín o de Cangas (Pontevedra) quienes se hagan cargo del caso.

Así, en un recurso de reforma fechado a 13 de septiembre, al que ha tenido acceso Europa Press, la compañía Nores solicitó que se dejase "sin efecto" el auto por el que Ismael Moreno se hacía cargo de la causa, añadiendo además que la competencia corresponde a los Juzgados de Instrucción de Marín, o en su defecto, que debería ser el Tribunal Supremo el que se pronuncie sobre qué tribunal es competente.

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Para argumentar su petición, la armadora recurre al auto de la Audiencia Nacional del 4 de abril, cuando trató de inhibirse a favor del Juzgado de Instrucción de Marín (posteriormente Marín rechazó el caso). "Los hechos delictivos cometidos dentro del territorio español por asimilación a éste de los buques y aeronaves españoles, quedan extramuros de la competencia de la Audiencia Nacional", rezaba aquel auto.

Nores también ha citado la Ley Orgánica del Poder Judicial, que indica que "en el orden penal corresponderá a la jurisdicción española el conocimiento de las causas por delitos y faltas cometidas en territorio español o cometidas a bordo de buques o aeronaves españoles, sin perjuicio de lo prevenido en los Tratados Internacionales de los que España forma parte".

También se ha referido a un auto del Tribunal Supremo que dice que en el supuesto de que un delito fuese supuestamente cometido en un buque español que no llegó a puerto por haberse ido a pique en aguas internacionales y en el supuesto de que se formule una denuncia contra una persona determinada "la competencia corresponderá al lugar de residencia del reo presunto". En este caso, Marín, ya que la compañía tiene allí su sede.

Recurso del capitán

Por su parte, la defensa de Juan Padín, único sobreviviente investigado en la causa, también ha presentado un recurso de reforma contra el auto de la Audiencia Nacional en el que Ismael Moreno asumía la causa, solicitando que se eleve la consulta al Tribunal Supremo o que el caso sea investigado por los Juzgados de Cangas do Morrazo (Pontevedra).

En el documento, fechado a 15 de septiembre y al cual ha tenido acceso Europa Press, el capitán explica que en la Ley de Enjuiciamiento Criminal se recoge que cuando un juzgado rehúse el conocimiento de una causa y haya duda acerca de cuál de ellos es el competente, si no hay acuerdo a la primera comunicación, "pondrán el hecho, sin dilación, en conocimiento del superior jerárquico".

"En el caso que nos ocupa, el Juzgado Central rehusó el conocimiento de la causa y remitida la misma al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Marín, por entenderlo el competente, fue devuelta por este, por lo que no habiendo acuerdo entre ambos juzgados, la Ley establece que sin dilación debe ponerse en conocimiento del superior, tras oír al Fiscal y a las partes personadas para que decida lo procedente", reivindica la defensa de Padín.

También asegura que "es evidente que los delitos objeto de investigación no forman parte de las materias atribuidas a la Audiencia Nacional y quedan al margen de su competencia". "Solo cabría dicha posibilidad en el caso de que contemplásemos que los delitos se hubiesen cometido fuera de territorio nacional", añade, explicando que los buques españoles son considerados por ley territorio nacional y no parte del extranjero.

Por todo ello, recurre al mismo razonamiento de la armadora, indicando que el partido judicial que tiene que hacerse cargo de la investigación es el del lugar de residencia del investigado, en su caso de Padín, que sería Cangas. Sin embargo, también reconoce que la vinculación con Marín "sería mayor" ya que es la sede de la armadora, el puerto base del buque y el lugar donde se contrató a los trabajadores.

Fiscalía pide Vigo

Todo ello después de conocerse también este martes que la Fiscalía de la Audiencia Nacional ha recurrido la decisión de Ismael Moreno y ha pedido que la investigación sobre el naufragio el pasado 15 de febrero en aguas de Terranova (Canadá) del 'Villa de Pitanxo', en el que murieron 21 de los 24 marineros a bordo, sea asumida por los Juzgados de Vigo. La Fiscalía aduce que el juez obvia el contenido de la Ley Orgánica del Poder Judicial cuando "aclara de forma tajante que forman parte de dicho territorio y a los efectos de la competencia de los tribunales españoles los buques y aeronaves españoles, sin distinción".

En cuanto al criterio seguido para pedir que la investigación sea asumida por los Juzgados de Vigo, el fiscal recuerda que las diligencias practicadas, el atestado de la Guardia Civil y las declaraciones prestadas por el imputado y los testigos "permiten considerar que el puerto español de primera arribada era el de Vigo, lo que ha de determinar, a su vez, la atribución competencial para el conocimiento de la presente causa".

La argumentación del Juez

Estas peticiones llegan después de que el juez de la Audiencia Nacional asumiese a principios de este mismo mes la investigación explicando que no existía una clara previsión legal que abordase la casuística producida en estos hechos y que pudiera conducir a una determinación de la competencia clara si no que podían suscitarse interpretaciones de distintos signo.

No obstante, el magistrado indicó en su auto que de acuerdo con el principio de "ubicuidad" definido en un acuerdo del pleno no jurisdiccional del Tribunal Supremo, la competencia radicaría en el juez que primero haya iniciado las actuaciones procesales con el fin de evitar dilaciones indebidas.

Así las cosas, el juez concluyó que en aras a evitar inciertas y posibles cuestiones de competencia con diferentes juzgados de instrucción, lo que podría dar lugar a dilaciones derivadas del planteamiento de las cuestiones, procedía "mantener la competencia de este Juzgado Central de Instrucción para seguir conociendo de la presente causa". El juez rechazó en aquel momento la propuesta de inhibición interesada por el Ministerio Fiscal y por la representación de Pesqueras Nores Marín y de Juan Enrique Padín.

Cabe recordar que el magistrado tomó declaración el pasado mes de junio al patrón del barco, Juan Padín, su sobrino Eduardo Rial y el marinero Samuel Kwesi, los únicos supervivientes del naufragio. El primero declaró como imputado y los otros dos como testigos, después de que el juez viera indicios de 21 homicidios imprudentes.

Temas: Villa de Pitanxo
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