Nueva etapa en el plan de desescalada en Galicia. Las medidas anunciadas el pasado miércoles por Alberto Núñez Feijóo entran en vigor este viernes a las 00:00 horas. Sobre la superficie, el nuevo escenario supone la incorporación de un nivel más flexible de limitaciones -en el que se encuentran todos los concellos que conforman el área sanitaria de Vigo, la ampliación de horarios de la hostelería hasta las 21:00 y la práctica movilidad total por toda la geografía gallega. Los aforos en bares, cafeterías y restaurantes ya varían en función de la fase en la que se encuentre cada municipio. Y, sobre todo, hay tres localidades afectadas. Aisladas con su propio cierre perimetral y en el que la Xunta ha decretado la clausura de la hostelería, que son Vilardevós, Maside y Paradela.
La nueva normativa ya figura en el Diario Oficial de Galicia (DOG). Es el contexto en el que gallegas y gallegos convivirán hasta después de Semana Santa. El objetivo es claro. Lo reiteró el presidente de la Xunta de Galicia: "evitar un repunte de contagios y, sobre todo, evitar una cuarta ola de la pandemia". Sin embargo, más allá de las flexibilizaciones en materia de hostelería o movilidad, en Metropolitano.gal queremos hacer una guía sobre todas las claves de las nuevas restricciones que, salvo revisión del Ejecutivo gallego en próximas reuniones con el comité clínico, estarán vigentes hasta el 5 de abril.
¿A dónde puedo me puedo desplazar?
Sí, lo sé. Echáis de menos el listado "de dónde vives y te diré a dónde puedes ir". Hoy habéis tenido la mala suerte de que haga yo esta información y no Ángel Vila (?). De todas formas, la respuesta es sencilla. Desde este viernes 19 de marzo, podrás ir a todos los concellos gallegos salvo a los tres que os comentábamos unas líneas más arriba: Vilardevós, Maside y Paradela. Por lo tanto, si te apetece hacer alguna escapada a Ourense, a Allariz, a Ribadeo o a Betanzos puedes ir sin ningún tipo de problema.
¿A dónde no me puedo desplazar?
Esta es una pregunta clave. La otra cara de la moneda. La respuesta también es sencilla. Se resume en que Galicia está cerrada perimetralmente. ¿Qué supone esto? Que no podrás desplazarte ni a Portugal ni a otras autonomías. Es decir, no podrás disfrutar de encantos que posee el país vecino como la Fortaleza de Valença, Vila Nova de Cerveira o Sistelo. Este cierre perimetral se puede "saltar" por motivos de fuerza mayor como son motivos laborables o de salud.
¿Qué hacer si llego a Galicia procedente de otro territorio?
Si cumples una de las salvedades que marca la normativa que está publicada en el Diario Oficial de Galicia (DOG), estás obligado u obligada, en el caso de que tu lugar de origen tenga una alta incidencia de COVID19, comunicar en el plazo máximo de 24 horas desde tu llegada a Galicia, los datos de contacto y de estadía en Galicia.
¿Cuál es el horario del toque de queda?
No sufre cambios. Pese a que el Ministerio de Sanidade permitía la opción de ubicarlo a las 23:00 horas, la Xunta de Galicia ha decidido mantener el horario a la restricción de la movilidad nocturna entre las 22:00 y las 06:00 horas. Solo se puede saltarse el toque por causa de fuerza mayor como desplazamiento a un centro sanitario, compra de medicamentos, motivos laborales, asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
¿Cuál es el horario de la hostelería?
Bares, cafeterías y restaurantes podrán abrir hasta las 21:00 horas
¿Puedo quedar a comer con mis padres el Día del Padre si no vivo con ellos?
Pregunta interesante. En principio, la normativa prohíbe las reuniones entre no convivientes en los domicilios. ¿Qué sucede? Que la Consellería de Sanidade mantiene la salvedad en el punto de reuniones sociales para aquellas personas que vivan solas y que pueden formar parte de una única unidad de covivencia ampliada. Hay que recordar que cada unidad de convivencia puede integrar sólo una única persona que vive sola.
Aquellas personas menores de edad que no vivan con sus progenitores también pueden regresar al domicilio familiar durante estas semanas en las que esté en vigor esta nueva normativa.
¿Puedo ir a casa de mi pareja a pesar de que no vivamos juntos?
Si tu pareja reside en otro domicilio de Galicia, sí (salvo que sea en Vilardevós, Maside o Paradela). Esta es otra de las excepciones que establece la Consellería de Sanidade en el punto de las reuniones sociales y que permite la reunión de personas con vínculo matrimonial o de pareja cuando estás vivan en domicilios diferentes.
¿Con cuántas amigas o amigos puede tomar unas cañas?
Cinco como máximo si estáis en terraza. La Xunta de Galicia ha establecido como límite la reunión entre seis personas no convivientes en espacios exteriores. En espacios cerrados públicos, la restricción se reduce a un máximo de cuatro no convivientes.
¿Cuáles son los aforos según los niveles?
- Nivel máximo: No se permite la apertura de la hostelería.
- Nivel alto: Aforo al 50% en terrazas y no se permite atender en el interior de los locales.
- Nivel medio: Aforo del 50% en terrazas y 30% en el interior.
- Nivel medio-bajo: Aforo al 75% en terrazas y 30% en el interior.
¿Qué concellos forman parte de cada nivel?
- Nivel máximo: Vilardevós, Maside y Paradela.
- Nivel alto: Sobrado, Boborás, A Mezquita, Pontecesures, Neda y Arteixo.
- Nivel medio: Boimorto, A Coruña, Culleredo, Mugardos, Ponteceso, Valdoviño, Bergondo, Laxe, Chantada, Guitiriz, Pantón, Sober, Soutomaior y Coles.
- Nivel medio-bajo: Los 290 concellos restantes. En el caso del área sanitaria de Vigo son todos los municipios que componen el distrito sanitario.
¿Las reuniones de seis no convivientes en exteriores solo afecta a la hostelería?
No. Esta respuesta es importante porque en este punto ha habido bastantes malentendidos. Las reuniones entre un máximo de seis no convivientes no se reducen solo a tomarse una caña o un café. Es decir, puedes quedar con amigos o familiares para pasear por Samil, el Paseo Fluvial de Tui o el Paseo Marítimo de Moaña.
¿Cuáles son los aforos en espacios culturales o deportivos?
Se establecen dos niveles según la incidencia acumulada de los concellos. Los que tengan una IA a 14 días entre 150 y 250 establece un aforo del 30% mientras que los municipios con una IA a 14 días inferior a los 100 casos permitirá ampliar este aforo al 50%.