La sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, celebró este pasado jueves una vista para prorrogar la prisión provisional del hombre condenado por asesinar a su vecina en la calle Zamora de la ciudad olívica.
Todo ello después de que el varón fuese condenado por la Audiencia a 20 años de cárcel por estos hechos, siendo después ratificada esta pena por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG). Sin embargo, la sentencia no es firme, ya que fue recurrida al Tribunal Supremo.
Esta vista se llevó a cabo debido a que la defensa del acusado solicitó su libertad provisional, pues ya cumplió dos años de prisión preventiva y considera que "no hay indicios de riesgo de fuga, pudiendo constituir el mantenimiento de la medida un riesgo irreparable en caso de que se estime el recurso formulado por el Tribunal Supremo".
No obstante, la Audiencia sí considera que hay "riesgo de fuga por lo elevado de la pena", lo que se suma a que la sentencia ya ha sido validada en segunda instancia por el TSXG. "Estimamos oportuno prorrogar la prisión provisional hasta el límite de la mitad de la condena impuesta", subraya el auto.
Todo ocurrió en octubre de 2022 en la calle Zamora de Vigo, donde Pablo P.V. acabó con la vida de su vecina. Según el relato de hechos probados de la sentencia, contra la que todavía cabe recurso, asesino y víctima tenían "problemas de convivencia" por unos ruidos que el procesado imputaba a la mujer. El día de los hechos (23 de octubre de 2023), según la resolución, se encontraron por casualidad en el exterior del inmueble.
El condenado, entró en el portal, volvió a salir inmediatamente y, tras decirle la mujer "vete a la mierda", entró de nuevo a las 20:12 horas y subió a su apartamento. A las 20:51, la víctima pasó por delante del estudio de su vecino y, cuando estaba abriendo la puerta de su casa, el acusado "se le acercó por detrás con intención de causarle la muerte, portando un cuchillo rojo" con una hoja de 20 centímetros de largo.
El jurado había visto acreditada la existencia de alevosía, que sirve para cualificar el homicidio en asesinato, pues subraya que el ataque con el arma blanca "se produjo estando la perjudicada de espaldas, de manera sorpresiva y repentina". La afectada, por tanto, "nada pudo hacer para defenderse".
La primera acometida, según el fallo, fue por la espalda y dirigida a la región dorsal. La mujer gritó pidiendo axilio dos veces e intentó agarrar el arma con la mano izquierda, pero el acusado continuó apuñalándola en varias zonas. El hombre fue condenado a 20 años de cárcel por un delito de asesinato.
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