Un premio de lotería ha acabado como el rosario de la aurora en Tomiño, hasta el punto de terminar el nos tribunales. El juzgado acaba de condenar a un vecino de la localidad de O Baixo Miño a compartir el premio de un millón de euros en el "Rasca" de la ONCE con un amigo, con el que tenía un acuerdo verbal previo que después se negó a cumplir.
El tribunal de instancia, sección Civil, plaza 2 de Tui ha considerado acreditado que, entre ambos amigos, existía un acuerdo verbal por el que, si alguno de los dos resultaba agraciado con el millón de euros del juego, compartiría el premio con el otro, dándole 100.000 euros. La fortuna llamó a la puerta, pero la promesa no se cumplió.
Uno de ellos resultó premiado en 2022 con un millón de euros y cuando su amigo le reclamó los 100.000 euros, tras varios días, le dijo que no le pagaría porque su hija no estaba de acuerdo.
El perjudicado presentó una demanda y el aludido negó la existencia de ningún acuerdo para compartir el premio, pero la jueza ha determinado que tal pacto sí existió, aunque no hubiera ningún documento escrito que lo atestiguara.
En su sentencia, la jueza alude a los testimonios de testigos que les escucharon hablar de ese acuerdo a ambos, incluso cuando el agraciado ya sabía que le había tocado un millón de euros. Así, la resolución hace referencia, entre otras, a una conversación relatada por un testigo, en la que el hombre premiado valoraba qué hacer con su parte del dinero, mientras la decía a su amigo que, con sus 100.000 euros, podía hacer lo que quisiera.
Igualmente, la jueza se refiere a una conversación grabada entre ambos implicados, en la que el demandado reconoce varias veces la existencia del acuerdo verbal, aunque dice que no podrá cumplirlo por la negativa de su hija. En el juicio, el demandante también aportó conversaciones de WhatsApp con la hija de su amigo, en las que ella hacía afirmaciones como "esa clase de tratos no me parece normal", o "si fuese al contrario ni él aceptaría el dinero ni yo le dejaría que aceptase".
Por tanto, la jueza considera probado que existía el acuerdo, a pesar de que el demandado lo negó en la vista judicial, y lo ha condenado a pagar a su amigo los 100.000 euros que habían pactado, más intereses.
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