El Gobierno gallego ha ratificado en el Diario Oficial de Galicia (DOG), en una edición 'bis' publicada en la pasada jornada, las nuevas restricciones para el ocio nocturno y otras directrices encaminadas a limitar las interacciones sociales en un contexto marcado por las celebraciones navideñas y la explosión de casos vinculados de covid-19, ligada al avance de la variante Ómicron.
El incremento de la incidencia y el avance de la variante ómicron, aún con la hospitalización bajo control, en la línea de los argumentos avanzados por el presidente gallego, Alberto Núñez Feijóo, dan pie a las nuevas restricciones que fije la Xunta, a la espera de las autorizaciones que dependen del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), con el foco en la limitación de reuniones de no convivientes entre las 3 y las 6 de la madrugada hasta el 18 de enero.
Para controlar la "situación epidémica tan explosiva" que vive Galicia, se ratifica la recuperación de la obligatoriedad de la mascarilla en exteriores y también se remarca que debe ser utilizada en en espacios comunes del ámbito laboral siempre que coincidan varios trabajadores. No será exigible su uso, sin embargo, en aquellos lugares o espacios cerrados de uso público que formen parte del lugar de residencia de los colectivos que allí se reúnan, como son las instituciones para la atención de personas mayores o con diversidad funcional, las dependencias destinadas a residencia colectiva de trabajadores esenciales u otros colectivos que reúnan características similares. Eso sí, siempre y cuando dichos colectivos y los trabajadores que allí ejerzan sus funciones tengan coberturas de vacunación contra el SARS-CoV-2 superiores al 80 % con pauta completa y de la dosis de refuerzo, acreditado por la autoridad sanitaria competente. Visitantes y trabajadores sí deben utilizar mascarilla. Y aunque en el momento de bañarse se puede prescindir de ella, el DOG ratifica que será obligatorio el uso de mascarilla en los vestuarios de piscinas públicas o comunitarias, salvo en las duchas.
En el apartado de excepciones, también se libera del uso de la mascarilla en exteriores durante la práctica de deporte individual, y también durante la realización de actividades que no sean de carácter deportivo, pero que se realizan en espacios naturales, siempre que en ambos casos se mantenga la distancia mínima de 1,5 metros con otras personas que no sean convivientes.
La directriz de la Xunta fija que el público deberá permanecer sentado en las actividades desarrolladas en cines, teatros, auditorios y espacios similares, así como en establecimientos destinados a espectáculos públicos y actividades recreativas. La misma regla será de aplicación a los espectáculos musicales y artísticos desarrollados al aire libre.
También se ratifica la reducción a diez personas por mesa o agrupación de mesas del número máximo de personas que podrán permanecer en las terrazas de los establecimientos de hostelería, restauración y ocio nocturno.
Al tiempo, se modifica la Orden de 14 de septiembre de 2021 por la que se aprueba el nuevo Plan de hostelería segura de la Comunidad Autónoma de Galicia con la finalidad de reducir el horario límite de cierre al público en los establecimientos de hostelería y restauración, que será a las 00:00 horas, excepto la noche del viernes al sábado y del sábado al domingo, que será a la 1:00 horas y se aclara que el día 1 de enero de 2022 no se podrán prestar servicios a clientes entre la 1:00 y las 9:00 de la mañana. Se prohíbe además el consumo en barra.
Y en la misma línea, se modifica la Orden de 29 de septiembre de 2021 por la que se aprueba el nuevo Plan de ocio nocturno de la Comunidad Autónoma de Galicia al objeto de reducir el horario límite de cierre al público de los establecimientos de ocio nocturno, que pasa a ser a las 3:00 horas.
Finalmente, se adoptan mediante la presente orden una serie de medidas y recomendaciones que serán de aplicación durante el período de comprendido entre el 31 de diciembre de 2021 y el 18 de enero de 2022.
Así, por una parte, para garantizar el uso seguro de lugares y espacios públicos, se recomienda a los ayuntamientos que prohíban el acceso a los parques y jardines públicos y a los lugares similares, así como a las playas, a partir de las 3.00 horas hasta las 6.00 horas. Se recomienda, asimismo, la adopción de esta medida en las plazas públicas que sean punto de concentración habitual para la realización de las indicadas actividades. El foco de la Xunta está en evitar 'botellones', una práctica que ya estaba prohibida previamente.
También se recomienda que los eventos y celebraciones en lugares y espacios públicos, como las cabalgatas de Reyes, se efectúen de forma estática en lugares donde se pueda controlar el acceso. Se establece, además, que las carreras populares desarrolladas en el mismo período en espacios públicos deberán realizarse sin asistencia de público.
Al tiempo, se recoge en esta orden la recomendación de que las celebraciones de carácter privado o familiar que no se efectúen en establecimientos abiertos al público se limiten a un máximo de dos unidades de convivencia y se realicen procurando el uso de la mascarilla en los momentos en los que no se consuman alimentos y bebidas, así como el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal y la aplicación de medidas de ventilación e higiene.
La presente orden contempla, asimismo, un régimen optativo de cierre de los establecimientos de ocio nocturno, desde las 0:00 horas de este 31 de diciembre de 2021 hasta las 3:00 horas del día 3 de enero de 2022. Finalmente, se recoge la limitación temporal de fiestas, celebraciones o eventos específicos en los establecimientos de ocio nocturno en el período comprendido entre las 0:00 horas del día 31 de diciembre de 2021 y las 0:00 del día 18 de enero de 2022; así como la prohibición de promocionar este tipo de eventos.
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