• Proyecto Teis
  • Planazos finde
  • Liquidación en Vigo
  • Ruta gastro Mos
  • Tortilla gigante
  • Transformación en Samil
  • Festa do Marisco
  • La Vuelta Galicia
  • "Fodechinchos Fest"
  • Festival Tui
No hemos encontrado nada con ese término de búsqueda
Ver todos los resultados
Metropolitano
  • Agenda
  • Qué hacer
  • Planes
  • Enfoque
  • Extra
  • Pequeocio
  • Fogones
Metropolitano
  • Agenda
  • Qué hacer
  • Planes
  • Enfoque
  • Extra
  • Pequeocio
  • Fogones
No hemos encontrado nada con ese término de búsqueda
Ver todos los resultados
Metropolitano.gal
PORTADA Extra

La Campaña de la Renta 2023 arranca este miércoles con la presentación de las declaraciones por internet

Compartir en FacebookCompartir en XCompartir en Whatsapp
MetropolitanoPorMetropolitano
03/04/2024

La Campaña de la Renta y Patrimonio de 2023 arrancará mañana miércoles, 3 de abril, con la presentación de las declaraciones por internet y se extenderá hasta el 1 de julio, según el calendario publicado por la Agencia Tributaria. Así, la Campaña arrancará justo después de Semana Santa, este miércoles 3 de abril, con la presentación de declaraciones por internet, y se extenderá hasta el 1 de julio de 2024, un día más de lo que suele ser habitual, ya que el 30 de junio cae este año en domingo.

Desde el 7 de mayo hasta el 1 de julio de 2024, la Agencia Tributaria podrá confeccionar la declaración del contribuyente por teléfono --la solicitud de cita estará disponible desde el 29 de abril hasta el 28 de junio--. Será entre el 3 de junio hasta el 1 de julio de 2024 cuando la Agencia Tributaria podrá confeccionar a los contribuyentes las declaraciones presencialmente en sus oficinas --con solicitud de cita desde el 29 de mayo hasta el 28 de junio--.

Másnoticias

Este lunes finaliza la Campaña de la Renta 2024 y el plazo para presentar la declaración

29/06/2025
Imagen de una cantidad de dinero // iStock/australianrider

Galicia anuncia que perdonará estas deudas a los contribuyentes

02/05/2025

En año al que se refiere la Campaña, en 2023, el Gobierno puso en marcha algunas medidas fiscales en los Presupuestos Generales del Estado, como el incremento en la reducción de las retenciones del IRPF a las rentas de hasta 21.000 euros, algo que afectará en esta campaña a los contribuyentes con estos ingresos anuales.

Autónomos y beneficiarios del IMV, obligados a hacer la declaración

Otra de las novedades a tener en cuenta de cara a esta campaña destaca que todos los autónomos estarán obligados a hacer la Declaración de la Renta el año que viene, independientemente de sus ingresos.

Del mismo modo, las personas titulares del ingreso mínimo vital y las personas integrantes de la unidad de convivencia están obligadas a presentar anualmente declaración correspondiente al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

¿Quiénes no están obligados a declarar?

En términos generales, no están obligados a presentar la declaración los contribuyentes con rentas exclusivamente procedentes del trabajo hasta un importe de 22.000 euros anuales. Sin embargo, este límite se reduce si los rendimientos proceden de más de un pagador (salvo excepciones), o también cuando el pagador no está obligado a retener y cuando los rendimientos están sujetos a un tipo fijo de retención. En tales casos, el límite es de 15.000 euros.

No obstante, Hacienda insiste en que los contribuyentes no obligados a declarar, aunque no les resulte exigible la presentación de una declaración con resultado a ingresar, sí están obligados a presentarla cuando soliciten una devolución del impuesto.

Para determinar el importe de la devolución que proceda realizar a estos contribuyentes no obligados a declarar, deben tenerse en cuenta, además de los pagos a cuenta efectuados, la deducción por maternidad y las deducciones por familia numerosa, por personas con discapacidad a cargo o por ascendiente separado legalmente con dos hijos o sin vínculo matrimonial que, en su caso, correspondan a cada uno de ellos.

Se amplía la deducción por maternidad

Hasta el año 2022 sólo las madres trabajadoras se podían beneficiar de la deducción de 1.200 euros anuales por cada hijo menor de tres años. Ahora, incluso si en el momento del nacimiento no estaba la madre trabajando sino cobrando el desempleo, o también si con posterioridad cotizó 30 días o más, podrá beneficiarse de esta deducción y solicitar el abono anticipado de 100 euros al mes.

Esta ampliación entre 2020 y 2023 de las madres beneficiadas alcanza también a los 1.000 euros adicionales por gastos de custodia del hijo menor de tres años en guarderías o centros de educación infantil.

Deducción en IRPF por guarderías tras la sentencia del Supremo

Se debe tener en cuenta que una sentencia del Tribunal Supremo del 8 de enero de 2024 ha extendido la deducción por maternidad en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a los gastos de custodia de menores de tres años en guardería, aunque el centro no cuente con la autorización de centro educativo.

Tras la sentencia, la Agencia Tributaria instó a todas las guarderías que cuenten con la autorización para la apertura y funcionamiento de la actividad de custodia de menores --aunque no tengan autorización como centro educativo-- a presentar la declaración informativa a través del modelo 233, informando de los potenciales beneficiarios de la deducción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Las plusvalías de más de 200.000 euros pagarán más

Además, en 2023 se elevó un punto, hasta el 27%, la tributación de las rentas del capital en el IRPF superiores a 200.000 euros, y para las plusvalías superiores a 300.000 euros, se elevará hasta el 28%, dos puntos más.

De su lado, los autónomos se beneficiarán de una reducción de un 5% adicional en los rendimientos netos en la tributación por módulos y, en la estimación directa simplificada, tendrán una deducción adicional de dos puntos, hasta el 7%, en gastos de difícil justificación.

Mutualistas en la Campaña de Renta de 2023

También tendrán que prestar atención a esta Campaña los pensionistas que realizaron aportaciones a mutualidades laborales y pagaron de más en el IRPF. Una sentencia del Tribunal Supremo diera la razón a un jubilado del sector bancario que pedía que parte de su pensión, ligada a las aportaciones que realizó entre 1969 y 1979 a la Mutualidad Laboral de Banca, no tributase en las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

El sindicato de técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) señala que si en los datos fiscales de la próxima Campaña de Renta de 2023 aparece el concepto de 'Ajuste por Mutualidades-DT2 LIRPF' se aplicará la reducción de forma automática en la declaración. En caso contrario, Gestha apunta a que basta con completar el formulario de solicitud habilitado por la Agencia Tributaria para rectificación.

Aportaciones a planes de pensiones o adquirir un vehículo eléctrico

Se mantiene en 1.500 euros la aportación máxima al plan de pensiones individuales con derecho a deducción, aunque con la posibilidad de incrementar las aportaciones hasta en 8.500 euros más por aportaciones a planes de pensiones empresariales.

De su lado, los contribuyentes se podrán deducir el 15% si realizan una entrega a cuenta mínima del 25% del valor de compra de un vehículo eléctrico nuevo (turismos o motos), o si la han realizado desde el 30 de junio de 2023. En caso de compra, la deducción del 15% del valor de compra incluidos gastos e impuestos, y excluidos los importes de las ayudas públicas que perciba (por ejemplo, Moves III) está limitado a una base máxima de 20.000 euros y se aplica en el año en que se matricula.

También el contribuyente puede desgravar el 15% de la inversión de la instalación de un punto de recarga para vehículos eléctricos en un inmueble de su propiedad, realizada igualmente entre el 30 de junio de 2023 y el 31 de diciembre de 2024.

Deducción por inversión en empresas de nueva creación

A partir del ejercicio 2023 se ha mejorado tanto el importe de dicha deducción como otros aspectos de la misma. Los contribuyentes podrán deducir de la cuota del impuesto el 50% de las cantidades satisfechas en el periodo por la suscripción de acciones o participaciones en empresas de nueva o reciente creación, siendo la base máxima de deducción de 100.000 euros anuales, por lo que el importe máximo de la deducción es de 50.000 euros.

Temas: DeclaraciónHacienda
Compartir en FacebookCompartir en XCompartir en Whatsapp
¿TÚ QUÉ PIENSAS?

Agenda

Más noticias

iStock
Extra

Investigan si un joven que se precipitó por una ventana en Vilagarcía mató a su madre

La mujer fue encontrada en una vivienda de Vilagarcía boca abajo y "entre abundante sangre". La Policía Nacional investiga lo sucedido

PorEuropa Press
05/09/2025
Foto: RENFE
Extra

Caos en la Alta Velocidad de Madrid por una caída de los servidores informáticos de Adif

Una caída de los servidores informáticos de Adif paraliza la alta velocidad. Afectó a trenes tanto de salida como de llegada a Madrid

PorEuropa Press
04/09/2025
Extra

Pontevedra arranca este mes la programación de los Premios Feroz 2026

El Teatro Principal acogerá una charla-coloquio en la que se desvelará quién acompañará a Samantha Hudson en la presentación de la gala

PorEuropa Press
03/09/2025
Llamas del fuego de Quiroga.
- Carlos Castro - Europa Press
Extra

Los incendios en Galicia, a debate la próxima semana en la Eurocámara

El BNG denunciará en la sesión plenaria la "opacidad y la falta de transparencia informativa" de la Xunta durante los incendios

PorEuropa Press
03/09/2025
Enfoque

A investigadora da UVigo Lucía Cassani acada o premio Young Investigator Award

PorMetropolitano
05/09/2025

O seu traballo céntrase na extracción verde de compostos bioactivos de subprodutos agroalimentarios

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

AGENDA

13agoTodo el díaTradition, the origin of circus con Evolution Circus en NigránCIRCO | NIGRÁN

04sepTodo el díaFiesta del Marisco de Vigo 2025GASTRO | VIGO

06sep11:00Festival Boas Vibes de TuiFESTIVALES | TUI

06sep(sep 6)16:15Negrita Music Festival en O PorriñoFESTIVAL | O PORRIÑO

06sep19:00Festival de Charangas de SalcedaFESTIVAL | SALCEDA | GRATIS

07sep09:00Festa dos Callos de SalcedaFIESTA GASTRONÓMICA | SALCEDA

Ver más eventos
Metropolitano

Somos metropolitanos. Somos el digital de referencia en Vigo y su área metropolitana. No te pierdas nada. Todas las noticias de Vigo y su área: cultura, planes, deporte...

Contacto

Puedes encontrarnos en nuestras redes sociales o, si lo prefieres, ponerte en contacto con nosotros a través de contacto@metropolitano.gal

Publicidad en Metropolitano.gal

Cambiar opciones de privacidad

Toda la actualidad de Vigo y su área, gratis en tu WhatsApp

PorMetropolitano
04/11/2018

Saber todo lo que ocurre en Vigo y su área metropolitana es ahora más sencillo, rápido y directo gracias al nuevo servicio de alertas de WhatsApp de Metropolitano.gal

  • Aviso Legal
  • Política de cookies
  • Enviar evento
  • Hemeroteca
  • Publicidad

© Hansei Media SL

No hemos encontrado nada con ese término de búsqueda
Ver todos los resultados
  • Agenda
  • Qué hacer
  • Planes
  • Enfoque
  • Extra
  • Pequeocio
  • Fogones

© Hansei Media SL

No hemos encontrado nada con ese término de búsqueda
Ver todos los resultados
  • Agenda
  • Qué hacer
  • Planes
  • Enfoque
  • Extra
  • Pequeocio
  • Fogones

© Hansei Media SL

X