El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha condenado a Froiz a anular las suspensiones de empleo y sueldo de 14 días a tres trabajadoras --todas pertenecientes a sindicatos-- de uno de sus supermercados en la ciudad de Lugo y abonar como indemnización la cantidad de 7.501 euros a cada una. Según recoge la sentencia, el 21 de agosto de 2023 la empresa comunicó a estas trabajadoras la apertura de un expediente disciplinario. Las empleadas presentaron alegaciones y el 25 de agosto la compañía las sancionó entonces de empleo y sueldo durante 14 días.
El motivo del expediente sancionador ahora anulado se debe a que en junio de ese año, una de ellas entregó a las otras dos cuatro lomos ibéricos dados de baja por caducidad --por valor de 128,48 euros-- y que las trabajadoras retiraron del centro de trabajo tras pasarlos por caja, donde la compañera en la caja no los cobró. Según la normativa de Froiz, en el caso de que el producto llegue a la fecha de caducidad, como fue el caso, debe ser tirado a la papelera.
"En el centro de trabajo era habitual que las personas trabajadoras pudieran retirar y repartirse entre ellas los productos inscritos", describe la sentencia, que recoge que "esta práctica se mantuvo hasta la incoacción del expediente disciplinario". Entonces, que el comportamiento se realizase de esta forma es indicativo de la existencia de una "tolerancia empresarial", que según la magistrada, "impide a la empresa sancionar sin aviso previo a las trabajadoras". Esto justifica la declaración de improcedencia, pero se solicitó la nulidad de forma principal por "vulneración de derechos fundamentales".
El TSXG cree que los indicios de esta vulneración son "claros" al ser sancionadas las trabajadoras en épocas en las que existen diferentes reclamaciones vinculadas a las firma del convenio colectivo de comercio de alimentación de Lugo, "con participación activa de las demandantes". Una de ellas pertenece a CC.OO. y las otras dos, a la CIG.
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